Fallo N° S/N. Por el cual se niega el recurso de reconsideración presentado y mantiene en todas sus partes la sentencia de diecisiete (17) de mayo de dos mil veintitrés (2023), que sanciona con un (1) mes de suspensión del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional, al licenciado césar raily de boutaud vega, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal no.8-249-463, según acuerdo no. 240, registro de idoneidad no.2881 de veintidós (22) de noviembre de mil novecientos noventa y tres (1993).

Fecha de publicación20 Septiembre 2023
Fecha17 Agosto 2023
EmisorCORTE SUPREMA DE JUSTICIA
No. 29872 Gaceta Oficial Digital, miércoles 20 de septiembre de 2023 1
ÓRGANO JUDICIAL
REPÚBLICA DE PANAMÁ
CORTE SUPREMA
DE
JUSTICIA-SALA CUARTA
DE
NEGOCIOS GENERALES 1
PANAMÁ, DIECISIETE (17) AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS (2023).
VISTOS:
Conoce la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de
Justicia, del RECURSO DE RECONSIDERACIÓN presentado por el Licenciado 1
CÉSAR RAILY DE BOUTAUD VEGA, actuando en su propio nombre, en contra 1
de la Sentencia de diecisiete (17) de mayo de dos mil veintitrés (2023), dictada i
por esta Corporación de Justicia, mediante la cual SANCIONA
con
un (1) mes \
de
suspensión
del
ejercicio
de
la abogacía en el
territorio
nacional,
por ser
infractor de los artículos 7 y 37 (numeral
6)
del Código de Ética y
Responsabilidad Profesional del Abogado, dentro de
la
denuncia promovido en
su
contra por
la
Licenciada GRICELDA EDITH VELÁSQUEZ MARTÍf'.JEZ.
FUNDAMENTOS DEL RECURSO
En lo medular, de
su
escrito de Reconsideración, el Licenciado CÉSAR
RAILY DE BOUTAUD VEGA, externó su disconformidad utilizando como puntos
relevantes los siguientes hechos: 1
"/ ...
En
ese sentido, el error de apreciación se manifiesta al
no

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