Fe de Erratas

FE DE ERRATA

AUTORIDAD MARÕTIMA DE PANAM¡ / DIRECCI”N GENERAL DE MARINA MERCANTE

PARA CORREGIR ERROR INVOLUNTARIO EN RESOLUCI”N No. 106-01-16-DGMM DE 10 DE AGOSTO DE 2007, EMITIDO POR EL(LA) AUTORIDAD MARÕTIMA DE PANAM¡ / DIRECCI”N GENERAL DE MARINA MERCANTE Y PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL No. 25965 DE 24 DE ENERO DE 2008 POR LO QUE EL MISMO SE PUBLICA INTEGRAMENTE CON SUS CORRESPONDIENTES ANEXOS

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

RESOLUCIONES Y CONSULTAS

RESOLUCION No. 106-OMI-01-DGMM Panam·, 18 de octubre de 2007.

EL SUSCRITO DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY

CONSIDERANDO

Que el Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, en su ArtÌculo 4, numeral 6 establece como funciÛn de la Autoridad MarÌtima de Panam· velar por el estricto cumplimiento de lo establecido en la ConvenciÛn de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 y los dem·s tratados, convenios e instrumentos internacionales ratificados por Panam· en relaciÛn con el Sector MarÌtimo. Que en el numeral 5, del ArtÌculo 2 de la Ley No. 2 del 17 de enero de 1980, establece que corresponde a la DirecciÛn General de Consular y Naves, actualmente DirecciÛn General de Marina Mercante de la Autoridad MarÌtima de Panam·, "Velar por el estricto cumplimiento de las normas legales de navegabilidad, seguridad, higiene y prevenciÛn de la contaminaciÛn del medio ambiente marino por parte de las naves panameÒas donde quiera que se encuentren y las de cualquier nacionalidad que se hallen en aguas territoriales panameÒas". Que de acuerdo al numeral 5, del artÌculo 30 del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, la DirecciÛn General de Marina Mercante debe hacer cumplir, en los buques de registro panameÒo y en las aguas jurisdiccionales panameÒas, las normas legales nacionales y aquellas que forman parte de los Convenios Internacionales ratificados por la Rep˙blica de Panam·, referentes a la seguridad marÌtima, y la prevenciÛn y el control de la contaminaciÛn en el mar. Que la Rep˙blica de Panam· adoptÛ el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974 mediante Ley 7 de 27 de octubre de 1977 y su Protocolo de 1978 mediante Ley 12 de 9 de noviembre de 1981; de igual forma se adoptÛ el Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 1974, hecho en Londres el 11 de noviembre de 1988, mediante...

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