Resolución FID Nº 012-2007 de 26 de noviembre de 2007, "POR LA CUAL SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN FID NO. 17-85 DE 23 DE DICIEMBRE DE 1985, MEDIANTE LA CUAL SE OTORGÓ LICENCIA FIDUCIARIA A BANCO CONTINENTAL DE PANAMA, S. A. Y CANCÉLESE DICHA LICENCIA"

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCION FID No. 012-2007

(de 26 de noviembre de 2007)

EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que BANCO CONTINENTAL DE PANAMA, S.A. es una sociedad anónima debidamente constituida y organizada bajo las Leyes de la República de Panamá, e inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público a la Ficha: 1232, Rollo 37, Imagen 29;

Que BANCO CONTINENTAL DE PANAMA, S.A. posee Licencia Fiduciaria otorgada mediante Resolución FID No. 17-85 de 23 de diciembre de 1985 de la Superintendencia de Bancos, que la faculta para dedicarse al Negocio de Fideicomiso en o desde la República de Panamá;

Que por intermedio de apoderados especiales, BANCO CONTINENTAL DE PANAMA, S.A. ha solicitado la cancelación de su Licencia Fiduciaria;

Que mediante Resolución S.B.P. No.128-2007 de 5 de septiembre de 2007 se autorizó el convenio de fusión por absorción de BANCO GENERAL, S.A. y BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S.A., quedando BANCO GENERAL, S.A. como sociedad sobreviviente de la misma; asumiendo todos los derechos, privilegios, facultades, licencias y franquicias, así como las obligaciones y deudas de BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S.A.;

Que esta Superintendencia ha verificado la culminación del proceso de fusión entre BANCO GENERAL, S.A. y BANCO CONTINENTAL DE PANAMA, S.A. conforme al Acuerdo No. 1-2004 de 29 de diciembre de 2004;

Que de conformidad con el Artículo 23 del Decreto Ejecutivo No. 16 de 3 de octubre de 1984, corresponde a la Superintendencia de Bancos resolver sobre la cancelación de Licencias Fiduciarias.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO

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