Resolución de Gabinete Nº 16 de 6 de marzo de 2008, "QUE EMITE CONCEPTO FAVORABLE A LA ADDENDA Nº2 AL CONTRATO Nº 03 FIDECO-FIS-MOP A CELEBRARSE ENTRE EL FONDO DE INVERSIÓN SOCIAL Y LA EMPRESA CONSTRUCTORA URBANA. S.A., PARA EL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO PALMAS BELLAS – SALUD – RÍO INDIO, COMUNIDAD DE SALUD, DEL CORREGIMIENTO DE SALUD, DISTRITO DE CHAGRES, PROVINCIA DE COLÓN".

RESOLUCIÓN DE GABINETE Nº 16

(de 6 de marzo de 2008)

Que emite concepto favorable a la Addenda Nº2 al Contrato Nº 03 FIDECO-FIS-MOP a celebrarse entre el Fondo de Inversión Social y la empresa Constructora Urbana. S.A., para el Diseño y Construcción del Camino Palmas Bellas - Salud - Río Indio, Comunidad de Salud, del Corregimiento de Salud, Distrito de Chagres, Provincia de Colón

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Contrato Nº03 FIDECO-FIS-MOP, el Fondo de Inversión Social (FIS), contrató con la empresa Constructora Urbana, S.A., el Diseño y Construcción del Camino Palmas Bellas - Salud - Río Indio, Comunidad Salud del Corregimiento de Salud, Distrito Chagres, Provincia de Colón, por un monto de ocho millones cuatrocientos mil balboas con 00/100 (B/.8,400,000.00);

Que para este proyecto se emitió la Orden de Proceder, a partir del 17 de enero de 2006, con un período de cuatrocientos cincuenta (450) días calendario;

Que, mediante la Adenda Nº1, se le concedió a la empresa una extensión de tiempo de ciento cincuenta y tres (153) días calendario, lo cual extendió el período de ejecución a seiscientos tres (603) días calendario;

Que, debido a la necesidad de mejorar el sistema pluvial en la calle del Cementerio en el pueblo de Río Indio y proteger la calzada, lo cual ascendió a la suma de ciento setenta y ocho mil quinientos ochenta y siete balboas con 15/100 (B/.178,587.15), de conformidad a lo establecido en la Orden de Cambio No.1, expedida por la Dirección Nacional de Inspección del Ministerio de Obras Públicas, y aprobada por el Ministro;

Que las condiciones especiales del Pliego de Cargos, que sirvió de base para el Acto Público de Selección de Contratista de este proyecto, y que forma parte integral del Contrato Nº03 FIDECO-FIS-MOP, permite otorgar prórrogas al contratista, cuando se susciten atrasos por fuerza mayor, siendo ésta la naturaleza de la cual se derivan los eventos examinados en los párrafos anteriores;

Que el artículo 84 de la Ley 56 de 27 de diciembre de 1995 establece que los retrasos no imputables al contratista, son susceptibles de reconocerse mediante adendas al contrato, por lo que se le otorgan ciento ochenta y cuatro (184) días calendario de prórroga, desglosados de la siguiente manera: noventa (90) días calendario, para la ejecución de los trabajos incluidos en la orden de...

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