Acuerdo Municipal Nº 51 de 21 de agosto de 2007, 'POR EL CUAL SE DESIGNA LA COMISION ESPECIAL FISCALIZADORA DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE RECOLECCION DE BASURA EN EL DISTRITO DE ARRAIJAN, SE LE ASIGNAN FUNCIONES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES'.

REPÚBLICA DE PANAMA

CONSEJO MUNICIPAL DE ARRAIJAN

ACUERDO MUNICIPAL No. 51

(De 21 de agosto de 2007)

"POR EL CUAL SE DESIGNA LA COMISION ESPECIAL FISCALIZADORA DEL SERVICIO PUBLICO MUNICIPAL DE RECOLECCION DE BASURA EN EL DISTRITO DE ARRAIJÁN, SE LE AASIGNE FUNCIONES Y SE DIGTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ARRAIJAN, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Municipal No. 13 de 21 de febrero de 2006 se faculta al Consejo Municipal a designar una Comisión Especial como Unidad Administrativa encargada de dar cumplimiento al objetivo de la concesión de la prestación del servicio de recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos (Basura) en el Distrito de Arraiján con el objetivo de fiscalizar la prestación efectiva y demás obligaciones del prestador, así como la protección de los derechos del usuario.

Así en cumplimiento de lo anterior,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO

Crease la COMISION ESPECIAL FISCALIZADORA del Servicio Público Municipal de Recolección de Basura en el Distrito de Arraiján, la cual durará hasta el término de la concesión otorgada por el Municipio.

ARTICULO SEGUNDO

La COMISION ESPECIAL FISCALIZADORA del servicio público de Recolección de Basura, tal y como lo señala el Artículo 5 del Acuerdo No. 13 de 21 de febrero de 2006, estará integrado por:

  1. El Alcalde, quien la presidirá.

  2. Un miembro de la Comisión de Servicios Públicos Municipales,

  3. El Director de Ornato y Servicios Públicos Comunitarios,

  4. El Tesorero Municipal,

  5. Un Miembro de la Sociedad Civil,

  6. Un Representante del sector comercial,

  7. El abogado Consultor Municipal, quien actuará como asesor,

  8. El Secretario o Secretaria del Consejo Municipal, quien actuará como Secretario o Secretaria.

El asesor y el secretario de la Comisión tendrán derecho a voz pero no a voto en las deliberaciones y discusiones de los asuntos de la misma.

Los miembros de la comisión que no sean funcionarios públicos durarán en su cargo un año con derecho a reelección. Estos serán elegidos por el Consejo Municipal de una terna que presente el Alcalde municipal por cada sector que la integre.

ARTICULO TERCERO

LA COMISION ESPECIAL FISCALIZADORA DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOLECCION DE BASURA TENDRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

Fiscalizar que la administración municipal, para que a través de la...

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