Fallo Nº 619-08 de 28 de diciembre de 2009, 'DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LCDO. ROBERTO ENRIQUE FUENTES EN REPRESENTACIÓN DE MOVIMIENTO DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN No. 201-1369 DEL 7 DE MAYO DE 2008, EMITIDA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS Y PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL No. 26,098 DEL 5 DE AGOSTO DE 2008'.

Entrada N�619-08

DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LCDO. ROBERTO ENRIQUE FUENTES EN REPRESENTACI�N DE MOVIMIENTO DE CONTADORES PUBLICOS INDEPENDIENTES, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL,LA RESOLUCI�N No.201-1369 DEL 7 DE MAYO DE 2008, EMITIDA POR LA DIRECCI�N GENERAL DE INGRESOSO Y PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL No. 26,098 del 5 de AGOSTO DE 2008.

MAGISTRADO PONENTE: HIPOLITO GILL SUAZO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.-SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.-

Panam�, veintiocho (28) de diciembre de dos mil nueve (2009).-

V I S T O S:

El licenciado Roberto Enrique Fuentes en representaci�n del Movimiento de Contadores P�blicos Independientes, ha presentado acci�n de nulidad para que se declare nula, por ilegal, la Resoluci�n No.201-1369 del 7 de mayo de 2008, emitida por la Direcci�n General de Ingresos y publicada en la Gaceta Oficial No. 26,098 del 5 de agosto de 2008.

  1. CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO IMPUGNADO

    A trav�s de la referida Resoluci�n, la Direcci�n General de Ingresos dispuso "Ordenar la publicaci�n de las Normas Internacionales de Informaci�n Financiera de propiedad de la Fundaci�n de Est�ndares Contables Internacionales ("Internacional Accounting Standards Comitee Foundation"), de forma textual, sin alteraciones, de acuerdo a las autorizaciones recibidas, seg�n el Anexo adjunto a la presente Resoluci�n, y que forma parte integral de la misma". En atenci�n a dicha orden, la mencionada publicaci�n se hizo en la Gaceta Oficial Digital No.26098 de 5 de agosto de 2008.

  2. NORMAS LEGALES QUE SE ESTIMAN VIOLADAS Y CONCEPTOS DE INFRACCIONES

    La parte actora afirma que con la emisi�n del acto demandado se han violado los art�culos 1 de la Ley No. 8 de 30 de noviembre de 1964, 1 del Decreto de Gabinete No. 109 de 7 de mayo de 1970, literal -i- del art�culo 14 de la Ley No. 57 de 1 de septiembre de 1978, adicionado por el art�culo 74 de la Ley No. 6 de 2 de febrero de 2005.

    La primera de estas disposiciones legales fue derogada t�citamente al entrar en vigencia la ley 97 de 21 de diciembre de 1998.

    La segunda de estas normas disposiciones precept�a:

    "Art�culo1. La Direcci�n General de Ingresos funcionar� como organismo adscrito al Ministerio de Econom�a y Finanzas, y dentro de �ste contar� con autonom�a administrtiva, funcional y financiera en los t�rminos se�alados en la presente ley.

    Esta Direcci�n tendr� a su cargo, en la v�a administrativa, el reconocimiento, la recaudaci�n, la cobranza, la investigaci�n y fiscalizaci�n de tributos, la aplicaci�n de sanciones, la resoluci�n de recursos y la expedici�n de los actos administrativos necesarios en caso de infracci�n a las leyes fiscales, as� como cualquier otra actividad relacionada con el control del cumplimiento de las obligaciones establecidas por las normas con respecto a los impuestos, tasas, contribuciones y rentas de car�cter interno comprendidas dentro de la direcci�n activa del Tesoro Nacional, no asignadas por la Ley a otras instituciones del Estado.

    Por lo tanto, mediante acto administrativo id�neos,puede declarar o determinar la existencia de obligaciones tributarias, su cuant�a o monto total, la exigencia de cumplimiento o pago y la existencia de cr�ditos tributarios, seg�n corresponda.

    Para todos los efectos legales de contrataci�n administrativa y dem�s obligaciones contractuales, corresponder� ejercer la representaci�n legal de la entidad al Director General de Ingresos."

    Considera el impugnante que este art�culo ha sido transgredido ya que la disposici�n legal supra-citada no le confiere a la Direcci�n General de Ingresos la facultad legal de promulgar las Normas...

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