Decreto Nº 100-DFG de 10 de marzo de 2008, "POR EL CUAL SE HABILITA A OTRO FUNCIONARIO DE LA OFICINA DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRALORÍA EN LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, PARA QUE TAMBIÉN PUEDA EJERCER LA DELEGACIÓN DE REFRENDO DE ACTOS DE MANEJO CONFERIDA POR EL CONTRALOR GENERAL, AL SUBJEFE DE FISCALIZACIÓN DE LA REFERIDA OFICINA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Panamá, 10 de marzo de 2008

DECRETO N°100-DFG

"Por el cual se habilita a otro funcionario de la Oficina de Fiscalización de la Contraloría en la Caja de Seguro Social, para que también pueda ejercer la delegación de refrendo de actos de manejo conferida por el Contralor General, al Subjefe de Fiscalización de la referida oficina y se dictan otras disposiciones".

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 55 de la Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, Orgánica de la Contraloría General de la República, establece las funciones específicas del Contralor General de la República, al igual que lo autoriza para delegar algunas de sus atribuciones en otros funcionarios de la Contraloría General de la República, salvo las establecidas en los literales "a", "d", "f", "i" y "j" de la disposición en mención.

Que la complejidad, volumen y naturaleza de los actos de manejo que se fiscalizan y refrendan en la Oficina de Fiscalización en la Caja de Seguro Social, hacen necesaria la habilitación de otro funcionario de fiscalización de la referida oficina, para que también pueda ejercer la delegación de refrendo que tiene el Subjefe de Fiscalización de la Contraloría, adscrito a la referida oficina de fiscalización.

Que de igual forma, es necesario adicionar otra política especial en materia de delegación de refrendo, para que sea aplicada en los casos en que se ausente el Jefe Sectorial de Fiscalización de la Caja de Seguro Social.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

Se autoriza a la Lcda. Nidia Jaén de Vega, con cédula de identidad personal núm.6-57-910, Jefe de Fiscalización III, asignada en la Caja de Seguro Social, para que también refrende los actos de manejo de la referida entidad de seguridad social, aplicando para ello, las delegaciones de refrendo efectuadas por el Contralor General al funcionario que ejerce como Subjefe de Fiscalización en la Caja de Seguro Social.

ARTÍCULO SEGUNDO

Lo dispuesto en el artículo anterior, no afecta las delegaciones de refrendo que tiene el servidor público que ejerza como Subjefe de Fiscalización en la Caja de Seguro Social.

ARTÍCULO TERCERO

Durante las ausencias del Jefe Sectorial del Sector de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR