Resolución Nº 27 de 29 de octubre de 2004, 'POR LA CUAL SE DECLARA CANCELADA LA CONCESIÓN DE LA EMPRESA GEOLOGICAL AND MINING EXPLORATIOM SERVICE, S.A., QUE MANTIENE MEDIANTE CONTRATO Nº15 DE 21 DE ABRIL DE 1994, EXTRACCIÓN DE MINERALES NO METÁLICOS (PIEDRA Y ARENA)'

REPUBLICA DE PANAMA

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DESPACHO SUPERIOR

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MINERALES

RESOLUCION Nº 27 PANA MA, 29 DE octubre DE 2004.

EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

en uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O:

Que la concesionaria GEOLOGICAL AND MINING EXPLORATIOM SERVICE, S.A., es titular del Contrato N°15 de 21 de abril de 1994, publicado en Gaceta Oficial el 4 de mayo de 1994, mediante el cual se le otorgó derechos exclusivos para la extracción de minerales no metálicos (piedra y arena), en una (1) zona de 800 hectáreas, ubicada en el corregimiento de Nueva Gorgona, distrito de Chame, provincia de Panamá e identificada con el símbolo GEOMESSA-EXTR(piedra y arena)93-10;

Que el Artículo Nº17 de la Ley 109 de 8 de octubre de 1973, establece que los contratistas deberán informar mensualmente a la Dirección General de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias, sobre la cantidad de minerales extraídos y la contratista GEOLOGICAL AND MINING EXPLORATIOM SERVICE, S.A., nunca presentó los referidos informes de producción;

Que el Artículo 19 de la Ley 109 de 8 de octubre de 1973, establece que los contratistas deberán presentar un informe anual sobre el desarrollo de sus trabajos de exploración y explotación, el cual incluirá aspectos técnicos, ambientales, financieros y de personal, de acuerdo con las instrucciones que dicte la Dirección General de Recursos Minerales del Ministerio de Comercio e Industrias y la concesionaria nunca presentó ningún informe anual de Trabajo;

Que la concesionaria no ha cumplido la obligación establecida en la Cláusula Décima del Contrato Nº15 de 21 de abril de 1994, de pagar anualmente dentro del inicio del período correspondiente la suma de dos balboas (B/.2.00) por hectáreas o fracción de hectáreas, en concepto de canon superficial;

Que al igual que lo actual 17 y 19 de la Ley 109 de 8 de octubre de 1973, la Cláusula Decimacuarta del Contrato Nº15 de 21 de abril de 1994, establece la obligación de la concesión de suministrar todo los informes que la Ley, Reglamento e Instrucciones requieren dentro de los plazos establecidos y esto no fue cumplido por la concesionaria;

Que la concesionaria adeuda al Tesoro Nacional la suma de B/.10,400.00 (Diez mil cuatrocientos Balboas con 00/100) en concepto de cánones superficiales de los cuales corresponden a los períodos 1995-1996, 1996-1997, 1997-1998, 1998-1999 y 1999-2000;

Que el Artículo 25 de la Ley 109 de 8...

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