Resolución de Junta Directiva Nº 004-2009 de 20 de febrero de 2009, 'SE AUTORIZA AL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD AERONAUTICA CIVIL GESTIONAR TRANSFERENCIA DE HASTA UN MILLON SETECIENTOS VEINTICINCO MIL BALBOAS(B/.1,725,000.00) PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 2009 CONTEMPLADOS EN CONVENIO INTERINSTITUCIONAL CON FIS 2008/2009'.

RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA No. 004

(De 20 de febrero de 2009)

"Se autoriza al Director General de la Autoridad Aeronáutica Civil gestionar transferencia de hastaUN MILLÓN SETECIENTOS VEINTICINCO MIL BALBOAS (B/.1,725,000.00) para la ejecución de los proyectos del Presupuesto de Inversión 2009 contemplados en convenio interinstitucional con el FIS 2008/2009.

LA JUNTA DIRECTIVA

En uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 de la Ley 22 de 29 de enero de 2003, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es una entidad autónoma del Estado, con personería, patrimonio y recursos propios y autonomía en su régimen interno, capaz de adquirir derechos, contraer obligaciones, administrar sus bienes y gestionar sus recursos, los que deberá invertir únicamente en el cumplimiento de sus fines legales.

Que la Autoridad Aeronáutica Civil tiene entre sus funciones la de desarrollar, poner en ejecución y revisar periódicamente, para su debida actualización, el Plan de Aviación Civil que contiene la política a seguir para el desarrollo e inversiones de la infraestructura aérea nacional, estableciendo las etapas de crecimiento y actualización de la infraestructura aeroportuaria.

Que el patrimonio de la Autoridad Aeronáutica Civil lo conforman los bienes e infraestructuras que se encuentran en su poder o bajo su administración; las partidas que se le asignen anualmente mediante la Ley de Presupuesto General del Estado y otros.

Que el Director General de la Autoridad Aeronáutica Civil tiene entre sus atribuciones la de elaborar planes y programas de trabajo y presentarlos a la Junta Directiva para su aprobación; así mismo, la Junta Directiva es el organismo rector que debe aprobar los mismos.

Que el Fondo de Inversión Social es un organismo administrativo adscrito a la Presidencia de la República y cuya función primordial es la de ejecutar de forma expedita, programas de acción social que mejoren la calidad de vida de la población más necesitada.

Que el Fondo de Inversión Social es la entidad encargada de coordinar y administrar la ejecución de proyectos de inversión programados en el Presupuesto de la Autoridad Aeronáutica Civil. Por su parte, la Autoridad será la encargada de supervisar e inspeccionar los avances de construcción de cada una de las obras que se realicen con el FIS hasta el momento de su entrega.

Que el Convenio Interinstitucional de cooperación y ejecución entre el Fondo de Interés Social y la Autoridad Aeronáutica Civil...

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