Resolución Final (Descargo) Nº 7-2007 de 6 de febrero de 2007, "POR LA CUAL SE DECLARA QUE NO EXISTE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LAS SIGUIENTES PERSONAS: GIOVANNA ORTEGA DE NIÑO, BERNARDO ORTIZ SEGURA, GUADALUPE MARTINEZ DE BERRIO, FERNADO ANTONIO GITTENS DUNKER, GULLERMO DELGADO TORRES, CORPORACION TORRES, S.A. Y FRANCISCO ANTONIO DE LA CRUZ"

RESOLUCION FINAL Nº7-2007

(DESCARGO)

DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. PANAMÁ, SEIS (6) DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE (2007).

PLENO

LASTENIA DOMINGO

Magistrada Sustanciadora

VISTOS:

Esta Dirección de Responsabilidad Patrimonial de la Contraloría General de la República dictó la Resolución de Reparos Nº19-04 de 7 de mayo del 2004, mediante la cual ordenó el inicio del trámite para establecer y determinar la responsabilidad patrimonial que le pudiera corresponder a las siguientes personas: Guadalupe Martínez de Berrío, con cédula de identidad personal Nº 3-8-1188, Guillermo Delgado Torres, con cédula de identidad personal Nº4-105-516, Fernando Antonio Gittens Dunker, con cédula de identidad personal Nº3-72-310, empresa Corporación Torres, S.A., inscrita a ficha Nº320328, rollo 51102, imagen 0002 de la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público de Panamá, Francisco Antonio de la Cruz, con cédula de identidad personal Nº 3-73-1969, Giovanna Ortega de Niño, con cédula de identidad personal Nº3-107-937, Bernardo Ortíz Segura, con cédula de identidad personal Nº3-66-2742, todos en forma solidaria por la lesión patrimonial causada al Estado de mil quinientos veintiún balboas con cincuenta y dos centésimos (B/.1,521.52) que incluye la suma de novecientos balboas con treinta y un centésimos (B/.900.31) en concepto de lesión y seiscientos veintiún balboas con veintiún centésimos (B/.621.21) en interés legal causado a esa fecha.

La Resolución de Reparos se basó en el Informe de Antecedentes Núm. 11-31-2001-DGA-DASS, relacionado con irregularidades en el proceso de contratación y pago para el suministro e instalación de baldosas de porcelanato, en la Sala de Parto del Complejo Hospitalario Doctor Manuel Amador Guerrero de la Caja de Seguro Social en la provincia de Colón.

Como resultado de la auditoría efectuada se determinó a través de la inspección realizada por la Dirección de Ingeniería de la Contraloría General de la República, que los trabajos efectuados en la Unidad Ejecutora de la Caja de Seguro Social antes señalada, presentaron costos sobrevalorados por un monto de mil ochocientos quince balboas con sesenta y siete centésimos (B/.1,815.67), cifra ésta que se asemeja a la presentada por Ingeniería y Arquitectura de dicha entidad de Salud, lo que ocasionó perjuicio económico a los fondos del Estado.

De acuerdo con las evidencias, aparecen vinculados al hecho irregular las siguientes personas: Guadalupe Martínez de Berrío, Guillermo Delgado Torres, ex funcionarios de la Caja de Seguro Social; Fernando Antonio Gittens, ex funcionario de la Contraloría General de la República; Francisco de la Cruz Cabrera, Bernardo Ortiz Segura, funcionarios de la Contraloría General y la empresa Corporación Torres, S.A., cuyo representante legal y Presidente es el señor Edwin Gastón Torres Rodríguez.

En el expediente consta el Informe de Auditoría Interna de la Caja de Seguro Social, lo que permitió hacer una mejor evaluación de los planteamientos presentados por los auditores en el Informe de Antecedentes.

Luego de revisar las constancias del expediente el Magistrado Sustanciador de ese entonces, doctor Aurelio Correa Estribí, advirtió lo siguiente.

  1. Los auditores de ambas instituciones (Contraloría General y Caja de Seguro Social), detallan las irregularidades que se presentaron en el proceso de contratación de la obra objeto de investigación.

  2. Por la realización de la obra, la Caja de Seguro Social pagó cuatro mil quinientos dieciocho balboas (B/.4,518.00) a la empresa Corporación Torres, S.A.

    El avalúo practicado a la obra por los peritos de la Caja de Seguro Social (f. 66) ascendió a mil ochocientos cincuenta y ocho balboas (B/.1,858.00), arrojando una diferencia de dos mil seiscientos sesenta balboas (B/.2,660.00) en concepto de sobreprecio.

    A foja 105 se presenta la declaración jurada rendida por estos funcionarios, en la cual explican los procedimientos utilizados en el trabajo realizado por ellos.

    1. Los peritos de la Contraloría General de la República, por su parte, presentaron dos (2) avalúos (fs.141-142), por la suma de tres mil ochenta y nueve balboas con sesenta y nueve centésimos (B/.3,089.69) y dos mil setecientos dos balboas con treinta y tres centésimos (B/.2,702.33), diferenciándose ambos por el valor asignado a las baldosas. En el primero consideraron el metro cuadrado a cuarenta y ocho balboas (B/.48.00) y en el segundo a cuarenta balboas (B/.40.00).

      Con base al primer avalúo los auditores establecieron un sobre precio por mil cuatrocientos veintiocho balboas con treinta y un centésimo (B/.1,428.31) y con el segundo por mil ochocientos quince balboas con sesenta y siete centésimos (B/.1,815.67).

      La nota remisoria del Informe de Antecedentes establece la irregularidad en mil ochocientos quince balboas con sesenta y siete centésimos (B/.1,815.67), mientras que en el contenido y en la sección de los sujetos involucrados indican la suma de mil cuatrocientos veintiocho balboas con treinta y un centésimos (B/.1,428.31).

      Se consideró que el contenido del Informe era contradictorio.

      Se advirtió que los informes de los peritos de ambas instituciones diferían tanto en los aspectos considerados para el avalúo, como en la labor que se realizó. Los siguientes cuadros reflejan los valores asignados a los trabajos efectuados:

    2. Avalúo de la Caja de Seguro Social.

      DETALLE

      MONTO

      Desprender mosaico existente

      B/. 398.00

      Limpieza general

      50.00

      Adecuar nivel de puertas al piso nuevo

      80.00

      Suministro e instalación de baldosas y zócalos de porcelanato (no desglosaron material y mano de obra).

      1,330.00

      Total

      1,858.00

    3. Contraloría General de la República.

      DETALLE

      Primer avalúo

      Segundo avalúo

      Baldosas de porcelanato

      2,324.16

      1,936.80

      Instalación de baldosas

      653.67

      653.67

      Instalación de zócalos

      111.86

      111.86

      Total

      3,089.69

      2,702.33

      Al revisar los aspectos considerados en ambos avalúos se advirtió lo siguiente:

  3. Los peritos de la Contraloría General de la República no consideraron los tres (3) primeros aspectos incluidos por los de la Caja de Seguro Social.

  4. Adicionalmente, se refleja diferencia en lo relativo al suministro e instalación de las baldosas.

  5. Los peritos de la Caja de Seguro Social declararon que investigaron en el mercado local (Colón) el precio del material utilizado. Los de la Contraloría establecieron precios actuales de las baldosas en cuarenta balboas (B/.40.00) y cuarenta y ocho balboas (B/.48.00) el metro cuadrado.

  6. Por otra parte, el auditor de la Caja de Seguro Social, señor Edwin Castrellón, mediante nota de 11 de febrero de 1999 (f.61), manifestó que el material fue cotizado en diez balboas con noventa y cinco centésimos (B/.10.95) el metro cuadrado.

  7. Por otra parte, la enfermera obstetra de la Sala de Partos, señora Griselda Rangel, en su declaración ante los auditores de la CSS (f.48), manifestó que las baldosas utilizadas eran de las comunes, con un precio alrededor de diez balboas (B/.10.00) el metro cuadrado, basándose en que ella adquirió un material de ese tipo para su residencia a un costo de doce balboas con noventa y cinco centésimos (B/.12.95).

    Declaró igualmente que los trabajadores del contratista levantaron el "vinil" de los dos (2) cuartos. No mencionó "mosaicos" como indican los peritos de la Caja de Seguro Social. Por su parte, los peritos de la Contraloría General no pudieron determinar los metros cuadrados del material removido que se "presume" sea vinil. En otras palabras, no hay certeza de qué tipo de material fue removido y el avalúo no abarcó la totalidad del trabajo realizado.

    Por su parte, el señor Francisco de la Cruz, funcionario de la Dirección de Ingeniería en Colón, mediante nota de 16 de enero del 2001 (f.127) manifestó que se trataba de vinil. En cambio, el ingeniero Guillermo Delgado, Jefe de Mantenimiento del Hospital Manuel Amador Guerrero, en documento fechado el 24 de julio de 1998 (f.46) señaló que el material removido consistía en porcelanato y zócalos.

    Al analizar el informe se observó que existió una irregularidad en el suministro e instalación de baldosas de porcelanato en la Sala de Parto del Complejo Hospitalario Manuel Amador Guerrero de la Caja de Seguro Social en la provincia de Colón. Es evidente también que a los trabajos en mención se les efectuó dos avalúos, uno, por parte de la propia entidad directamente afectada, Caja de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR