Resolución S.B.P. Nº 063-2007 de 22 de mayo de 2007, "A TRAVES DE LA CUAL SE OTORGA PERMISO TEMPORAL, POR NOVENTA (90) DIAS, A BANCO DE GUAYAQUIL (PANAMA), S.A., EN FORMACION, PARA PROTOCOLIZAR E INSCRIBIR EN EL REGISTRO PUBLICO LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A SU CONSTITUCION, PARA SOLICITAR POSTERIORMENTE LICENCIA GENERAL."

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S. B. P. No.063-2007

(de 22 de mayo de 2007)

El Superintendente de Bancos

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que BANCO DE GUAYAQUIL, S.A., sociedad anónima organizada y existente de conformidad con las leyes de la República de Ecuador y en su condición de Promotor, ha presentado a través de sus Apoderados Especiales, solicitud de Permiso Temporal a favor de BANCO DE GUAYAQUIL (PANAMÁ), S.A. -en formación, para protocolizar e inscribir en el Registro Público los documentos relativos a su constitución, para solicitar posteriormente Licencia General;

Que bajo los criterios de análisis previstos para solicitudes de Permiso Temporal, la solicitud de BANCO DE GUAYAQUIL, S.A. no merece objeciones, y

Que de conformidad con el Numeral 1 del Artículo 17 del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998, corresponde al Superintendente de Bancos resolver sobre la solicitud de BANCO DE GUAYAQUIL, S.A.

RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO

Otorgase Permiso Temporal, por noventa (90) días, a BANCO DE...

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