Sentencia Pleno de Corte Suprema de Justicia (Panama), Pleno, 13 de Marzo de 2019

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2019
EmisorPleno

VISTOS:

Ingresa para conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en grado de apelación, el hábeas corpus interpuesto por el licenciado J.C.H.M., a favor de J.C.M.A., contra la señora Juez Novena de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

El recurso, es interpuesto en contra de la Resolución de Hábeas Corpus N° 54 S.I., del 25 de mayo de 2018, emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, con la cual se declara NO VIABLE LA ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS, entablada por el licenciado J.C.H.M., en representación de J.C.M.A..

ANTECEDENTES

Tras querella interpuesta por el supuesto delito Contra la Fe Pública, la Fiscalía Decimoquinta de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá formula cargos mediante providencia indagatoria de 9 de julio de 2014, a J.C.M.A., por la supuesta vinculación con los hechos investigados.

Estando el proceso pendiente de calificar el Juzgado Sexto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, ordenó la nulidad parcial de la orden indagatoria, la conducción y la Vista Fiscal en contra del señor J.C.M.A. y remitió la causa penal al Ministerio Público a fin de subsanar las actuaciones realizadas, contando con un término de cuatro (4) meses para evacuar la investigación.

El licenciado J.C.H., manifestó que al haberse declarado la nulidad de la orden indagatoria, la conducción y la Vista Fiscal, lo correspondiente por parte del juzgador era dictar un Sobreseimiento Definitivo en favor de su representado J.C.M.A., ya que sin imputación, ni formulación de cargos, no hay acusación probada.

En razón de los hechos descritos promueve acción constitucional de hábeas corpus preventivo, a fin de que se declare ilegal la posible detención de su mandante J.C.M.A., a quien se le formuló cargos por delito Contra la Fe Pública, en detrimento del señor D.K., ya que al momento de la formulación de cargos, el señor M.A. gozaba de fuero penal electoral.

Mediante Resolución de Hábeas Corpus N° 54-S.I., el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Circuito Judicial de Panamá, declaró NO VIABLE la acción de hábeas corpus preventivo entablada por el licenciado J.C.H.M., en representación de J.C.M.A., presentado contra el Juzgado Noveno de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá.

En lo medular de su fallo manifestó el Segundo Tribunal Superior en sede Constitucional, que no se vislumbra peligro real que cierna sobre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR