Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 29 de Septiembre de 2000

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2000
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada M.M.S., interpuso acción de Hábeas Corpus a favor de la ciudadana de nacionalidad colombiana R.A.C.A., en contra del Director Nacional de Migración y Naturalización.

LA ACCIONANTE:

Manifiesta la letrada, que la autoridad migratoria ordenó la detención preventiva y posterior deportación del país de su representada, R.A.C.A., sin considerar que la misma se encuentra casada con un ciudadano panameño.

Continúa expresando la accionante, que la beneficiaria de la acción fue aprehendida en el sector de C. por autoridades de la Policía Nacional en compañía de otros extranjeros que ingresaban de manera ilegal a nuestro país. No obstante CASTAÑO no intentaba ingresar al país, ya que se encontraba en Panamá desde 1999, y al momento de su aprehensión estaba trabajando.

Indica la licenciada MORALES SOTO que a la señora C.A. se le ha vulnerado el artículo 27 de la Constitución, relativo al libre tránsito de personas.

La accionante solicita a esta Corporación de Justicia la declaratoria de ilegalidad de la detención y deportación de la señora R.A.C.A..

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO ACUSADO

El licenciado E.S., en su calidad de Director Nacional de Migración y Naturalización manifestó en su informe de conducta, que la señora CASTAÑO ASTUDILLLO fue aprehendida por las autoridades de Policía de Panamá Oeste, y por encontrarse ilegal, se ordenó su detención a través de la resolución No. 0893-DNMYN de 8 de agosto de 2000.

Agregó en el punto tercero de su informe, visible a foja 6 del cuadernillo de Hábeas Corpus lo siguiente:

"...este despacho por las razones expuestas, emitió la Resolución No. 4305 del 9 de agosto de 2000, donde se le deporta del territorio nacional por encontrarse ilegal, que por medio de su apoderado legal la misma presenta recursos de Reconsideración con Apelación en subsidio en contra de la orden de deportación, dicha solicitud de reconsideración (sic) fue confirmada mediante resolución No. 4443, del 22 de agosto de 2000, siendo posteriormente enviada al ministerio de Gobierno y Justicia, a fin de que se resuelva el recurso de apelación "sic)."

CONSIDERACIONES DEL PLENO

Luego de revisar las pruebas que acompañan la presente acción constitucional el Pleno observa, que la ciudadana de nacionalidad colombiana R.A.C.A. ingresó a suelo panameño el 28 de mayo de 1999 (foja 8), por lo que se descarta lo manifestado por la peticionaria de la acción, cuando indicó que su representada fue confundida con el grupo de extranjeros que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR