Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 3 de Enero de 2001

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución 3 de Enero de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

En grado de apelación, ingresa a esta Corporación de Justicia, resolución calendada 13 de noviembre de 2000 proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante la cual se declara legal la detención preventiva de R.M.C. CHECA, sindicado por Delitos Contra El Pudor y La Libertad Sexual, y Contra La Vida e Integridad Personal, en perjuicio de J.F. TORRES.

Notificada dicha resolución, el licenciado NARCISO HERRERA GRAU, apoderado judicial del señor CEDEÑO CHECA, apela, por lo que se concede en el efecto suspensivo, a fin de que sea resuelta la alzada.

LA RESOLUCIÓN APELADA

El Tribunal A-Quo en la resolución objeto de apelación, en su parte medular, expuso lo siguiente:

"Examinadas las piezas probatorias más relevantes que conforman el presente cuaderno penal, estima este Tribunal Colegiado que los argumentos expuestos por el accionante, hacen un análisis sobre las razones que considera exculpan a su defendido en la imputación formulada, no obstante, como se ha señalado, ese aspecto no es propicio considerarlo en este momento, dado que ello desborda el radio de acción del proceso que nos ocupa, en consecuencia al examinar con sumo detenimiento los elementos de convicción hasta ahora allegados a la encuesta, podemos apreciar que en contra de R.C. CHECA persiste el señalamiento directo y reiterado que le formula la joven J.F., quien se mantiene firme en su acusación, señalándolo como la persona que luego de golpearla, violentamente, abuso sexualmente de ella." (fs. 11-16)

CONSIDERACIONES DEL PLENO

El Tribunal A-Quo nos remite el sumario seguido al señor R.C.C., sindicado por la supuesta comisión de Delitos Contra El Pudor y la Libertad Sexual, y Contra La Vida e Integridad Personal, en perjuicio de J.E.F.T., contentivo de 230 fojas (Copias autenticadas).

Pues bien, nos corresponde como Tribunal de Habeas Corpus, examinar la situación procesal del beneficiado con la presente acción a fin de verificar si se han cumplido las garantías constitucionales y legales para mantenerlo privado de su libertad corporal.

La génesis de este proceso tiene lugar el día 14 de marzo de 2000, cuando la señora BENITA TORRES BATISTA interpone formal denuncia ante la Policía Técnica Judicial (División de Delitos Contra El Pudor y La Libertad Sexual, debido a que su hija, J.E.F.T., había sido abusada sexualmente por su propio concubino, R.C. CHECA. (fs. 5-8).

Al momento de rendir declaración la ofendida J.F., señaló, que el día martes 7 de marzo de...

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