Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 3 de Agosto de 1998

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 3 de Agosto de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado R.C.N. en representación de G.A. y D.M. ha interpuesto acción de habeas corpus a su favor y contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

Alega la parte actora que la detención de G.A. y D.M. es ilegal, porque no existe una orden de detención en su contra y, además, ninguna de las dos está vinculada con ilícito investigado, ya que el señor V.S. aceptó la propiedad de la droga incautada en su residencia.

Acogido el presente negocio se libró el mandamiento de habeas corpus correspondiente al funcionario demandado, quien en el término de la Ley rindió el informe de conducta correspondiente en los siguientes términos:

"PRIMERO: Si es cierto que este Despacho ordenó la Detención Preventiva de la G.E.A.R., con cédula No. 8-707-140 y D.M.M.R., con cédula No. 8-249-460, mediante resolución debidamente motivada, de fecha veintitrés (23) de junio del año en curso.

SEGUNDO

Como fundamentos de hecho que inspiraron nuestra decisión judicial constan en primer lugar, gestiones de oficio realizadas por la Policía Nacional, mediante las cuales se pudo constatar que en el inmueble ubicado en el Distrito de Panamá, Corregimiento de Pueblo Nuevo, Vista Hermosa, Avenida # 34 norte, entre calle 68 y 67 oeste, Edificio s/n, se estaba efectuando la compraventa de sustancias ilícitas conocidas como drogas; donde se señalan a dos (2) personas dedicadas a dicha actividad criminal; la primera conocida con el nombre de "VICENTE", varón de aproximadamente 1,70 metros de estatura, contextura gruesa, tez trigueña y cabello rizado; mientras que la otra es descrita como una mujer de tez blanca, cabello largo, aproximadamente 1,68 metros de estatura y contextura gruesa.

A raíz de ello, esta Agencia de Instrucción autorizó efectuar una COMPRA CONTROLADA DE ESTUPEFACIENTES CON ALLANAMIENTO, utilizando tres (3) billetes de denominaciones entregados al informante; quien en el Corregimiento de Pueblo Nuevo, Vista Hermosa, C. # 34 norte, casa 12, cuarto No. 20, compró tres (3) carrizos plásticos transparentes, contentivos de un polvo blanco que se presumía era droga y también afirmó habérselos comprado a una mujer gorda de tez blanca, la cual estaba acompañada de otra mujer y que posteriormente salió un hombre moreno.

Al evacuar el Allanamiento y Registro en la (sic) inmueble aludido, se llevó a cabo la aprehensión de sus residentes, es decir, V.S.E., con cédula No. 8-454-665; G.E.A.R., con cédula No. 8-707-140 y...

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