Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 8 de Mayo de 2001

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia de la acción de Hábeas Corpus interpuesta por el licenciado R.A.S.Q. a favor del señor R.I., en contra del F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado PATRICIO CANDANEDO.

EL ACCIONANTE:

Expresa el licenciado SEJAS que la detención preventiva del ciudadano R.I. es ilegal por cuanto que, al ser aprehendido por las autoridades del aeropuerto Internacional de Tocumen no se le encontró en posesión de sustancia ilícita alguna en su equipaje ni en su cuerpo.

Agregó el accionante que los cargos que vinculan a su representado con el ilícito, dan relación con la confusión existente en el nombre de la persona que entregó 224 comprimidos de Heroína a A.G. y el nombre de su hermano de crianza, toda vez que, aparentemente, ambos sujetos se identifican como RODRIGO.

En tal sentido el licenciado SEJAS a foja 2 del cuadernillo de H.C. indicó lo siguiente:

"...escapa a toda lógica y sería contrario al sentido común, que el señor A.G. incriminara "ex profeso" a su propio hermano de crianza. La casualidad, solamente, hace que su propio hermano y la persona con quien se relacionó para cometer el ilícito se identifiquen ambos con el nombre de: RODRIGO."

En consecuencia, ante la ausencia de graves indicios de responsabilidad procede, a criterio del accionante, declarar ilegal la detención preventiva que viene sufriendo R.I., desde el pasado 27 de octubre de 2000.

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO ACUSADO:

El licenciado A.G.B., en su calidad de F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, remitió su informe, visible a fojas 7-8 del cuadernillo de H.C..

Manifestó el F.G.B., que el señor R.I., fue detenido desde el pasado 4 de octubre de 2000 por su presunta participación en delitos Contra la Salud Pública.

Señaló el funcionario de instrucción, que la detención guarda relación con la incautación de 224 comprimidos de Heroína al ciudadano A.G.M., toda vez que éste al rendir sus descargos manifestó, que la droga le fue entregada en Panamá por un sujeto de nombre RODRIGO a quien había conocido en New York, Estados Unidos.

Indicó el F. de Drogas, que A.G. aportó un recibo de empeñó que le entregó el sujeto que le suministró los 224 comprimidos de Heroína "...para que retirara una prenda de una empresa panameña, a su regreso de New York." (Foja 7 del cuadernillo de Hábeas Corpus). El recibo se identifica con el No. 32528, a nombre de R.I. con documento de identidad No. 124-959-584 y coincide...

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