Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 9 de Enero de 2002

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada R.F.M., ha interpuesto acción de hábeas corpus a favor de J.M.F.O., y contra el Fiscal Segundo Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación.

La accionante fundamenta su acción de la siguiente manera:

Mediante resolución calendada 24 de abril de 2001, la Fiscalía Segunda Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación dispuso ordenar el impedimento de salida del país entre otros, del señor J.M.F.O., medida cautelar adoptada con motivo del sumario que se le instruye por la presunta comisión de delitos contra la fe pública, contra el patrimonio y contra la administración pública.

El día 30 de julio de 2001, sin justificación alguna, el funcionario de instrucción emite la resolución que se consulta a fojas 24906-24957, mediante la cual nuevamente ordena, por los mismos hechos, la aplicación de la medida restrictiva de libertad ambulatoria.

Esta decisión del agente fiscal carece de fundamento, pues no es admisible que se disponga, por los mismos hechos y bajo las mismas consideraciones, en un mismo proceso, dos veces la misma medida cautelar personal contra el imputado.

Por las razones que anteceden, solicito a los honorables magistrados que declaren ilegal la orden de impedimento de salida del país, expedida por el señor Fiscal Segundo Anticorrupción de la Procuraduría General de la Nación, mediante resolución de 30 de julio de 2001.

Acogido el presente negocio y contestado el mandamiento de hábeas corpus correspondiente por la autoridad demandada (fs. 5-9), la apoderada judicial del señor J.M.F.O., mediante escrito presentado en la Secretaría General, el 23 de noviembre de los corrientes, adujo como prueba ante el Tribunal de Hábeas Corpus el expediente principal que contiene el proceso seguido a J.M.F.O. y otros, por delitos contra la Fe Pública y la Administración Pública (Ver foja 114 del cuadernillo de hábeas corpus).

Accediendo a la solicitud presentada, esta Superioridad solicitó al Fiscal Segundo Anticorrupción, el expediente que contiene las sumarias contra el prenombrado (Ver foja 115). Sin embargo el mismo no fue enviado por lo que a continuación se detalla:

"... el Juzgado Segundo de Circuito del Tercer Circuito Judicial de Panamá (La Chorrera) resolvió conceder en el efecto diferido el Recurso de Apelación que se anunciase contra el Auto Vario Nº 386 del 5 de septiembre de 2001, que en la parte pertinente señala a la letra:

  1. Reformar la resolución de 24 de abril del 2001, expedida por la...

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