Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 9 de Noviembre de 2000

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2000
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Conoce el Pleno de la Corte Suprema de la Acción de Hábeas Corpus interpuesta por el Licdo. M.O.P.C., a favor del señor M.R.M., y contra el Fiscal Primero Especial en Delitos Relacionados con Droga, L.. R.M..

EL ACCIONANTE

El Licdo. P.C. manifiesta que el beneficiado con la presente Acción de H.C. se encuentra detenido a órdenes del Fiscal Primero Especial en Delitos Relacionados con Droga, pero al momento de su detención no se le encontró en su poder ni dentro de sus pertenencias sustancia ilícita alguna, y la sustancia que le fue incautada resultó negativa ante la prueba de campo, por lo que solicita se declare la ilegalidad de la orden de detención preventiva decretada contra su poderdante y se ordene su libertad(Fs.1-3).

LA AUTORIDAD DEMANDADA

Librado el mandamiento de H.C., el Fiscal Primero Especial en Delitos Relacionados con Droga, mediante oficio FD-0-4202-00 de 5 de octubre de 2000, manifestó que sí ordenó la detención preventiva del señor M.R.M., a través de resolución motivada de fecha 18 de septiembre del año en curso.

Expresa el F. que la medida cautelar adoptada se fundamenta en que el 18 de septiembre, los inspectores de Fiscalización Aduanera de servicio en el Aeropuerto de Tocumen le detectaron al señor MALONEY tres bultos con supuesta droga, los que transportaba adheridos a diferentes partes de su cuerpo, en momentos en que se disponía a abandonar nuestro país.

En cuanto al fundamento de derecho, expresa el Fiscal que se encuentra contemplado en los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial. Agrega que el detenido al momento de rendir declaración indagatoria aceptó los cargos que se le imputan y describió como se dieron los hechos.(F.6-7)

Por otra parte, expresa el F. que la sustancia incautada fue sometida a la Diligencia de Prueba de Campo arrojando resultados negativos, para la droga conocida como cocaína. De igual manera, la supuesta sustancia ilícita fue remitida al Laboratorio Especializado en Sustancias Controladas de la Policía Técnica Judicial, dando resultado negativo por drogas ilícitas. Parte de la sustancia fue remitida al Laboratorio de la DEA en los Estados Unidos y están en espera de los resultados del peritaje.(F.7)

CONSIDERACIONES DEL PLENO

Primeramente, se debe señalar que la Acción de H.C. tiene como objeto el proteger específica y concretamente la libertad corporal o física del individuo frente a las detenciones arbitrarias provenientes de las autoridades.

Así, corresponde a esta Superioridad...

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