Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 10 de Junio de 1998

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución10 de Junio de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Ha ingresado a esta Corporación, en grado de apelación, la Sentencia dictada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia el 23 de abril de 1998, dentro de la acción de habeas corpus promovida por el licenciado W.C., en representación de E.M.S., Á.G.P. y P.M.G., contra la Fiscal de Drogas Delegada de la Provincia de Colón y San Blas.

En la demanda de habeas corpus interpuesta ante el Segundo Tribunal Superior, el apoderado judicial de los detenidos E.M.S., Á.G.P., P.M.G. y C.R.M. alega que la detención preventiva de sus representados es ilegal porque fue decretada por razón del parentesco que tienen con E.M.B. y por transitar en un vehículo Chevrolet Celebrity que supuestamente salió tres horas antes de la Casa de Citas Beverly Hills.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia resolvió en primera instancia esta acción y declaró legal la detención de E.M.S., Á.G.P., P.M.G. y C.R.M., motivando su sentencia en los siguientes términos:

"Analizada la situación, constata la Sala que la detención preventiva de los señores M.S., G.P., M.G. y R.M., fue dispuesta por la Fiscal de Drogas de Colón el día 22 de agosto de 1997 mediante resolución escrita y motivada, con fundamento en la incautación de 170 paquetes de cocaína verificada en la provincia de C., lo que constituye delito con pena de prisión mínima que supera los dos (2) años.

En cuanto al elemento subjetivo o vinculante de que habla el artículo 2159 del Código Judicial, requerido para que la privación de libertad dispuesta contra estos señores no sea violatoria de las disposiciones constitucionales y legales que regulan la materia, se tiene que en su totalidad resultan detenidos dentro de un vehículo el cual había sido observado en movimiento sospechoso junto a otros vehículos entre los que se incluye el Hyndai en el que se hallaron los 170 paquetes de sustancia ilícita, además de otros vehículos en los que se detiene a ERIBERTO MENDOZA padre, quien es señalado por el conductor del vehículo en el que se incautó la droga, como la persona que lo contrató para la movilización de la misma.

Si bien es cierto en favor de estas personas han sido acopiados en autos una serie de testimonios que dan cuenta que los mismos se encontraban en otro sitio y en otra actividad la madrugada de su detención, no es menos cierto que los informes policiales describen al vehículo en que se les detuvo como uno de los involucrados en el asunto y está de por medio la relación existente entre estas personas y...

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