Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 10 de Julio de 2001

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución10 de Julio de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada BRUNEQUILDA LOPEZ SOUSA ha presentado acción de Hábeas Corpus a favor de F.A.B.R. en contra del Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado R.M., razón por la cual entra el Pleno a conocer de este asunto constitucional.

ANTECEDENTES

El 17 de mayo del presente año se dio inicio a la operación encubierta denominada INFINITO, cuyo objetivo era desarticular una organización criminal dedicada al tráfico ilícito de la sustancia ilícita denominada ÉXTASIS.

Participó como agente infiltrado el detective N.R., quien luego de hacer los contactos respetivos se entrevistó el día 23 de mayo de 2001 en el restaurante MC DONALDS (El Dorado), con los sujetos apodados CURRO Y NEGRO, quienes le vendieron 20 pastillas de EXTASIS en diez dólares cada una. A corta distancia del lugar se encontraba un vehículo Totoya Tercel, color blanco, con matrícula 8T-13476, ocupada por dos sujetos que servían de seguridad o escolta para CURRO Y NEGRO.

El día 24 de mayo de 2001 el detective RETALLY se comunica con el sujeto apodado NEGRO y le solicita dos mil pastillas de ÉXTASIS, acordándose que la entrega se efectuaría el día 25 de mayo de 2001 en el restaurante WENDYS de Paitilla. Al lugar se presentaron los sujetos apodados CURRO y NEGRO, así como los dos ocupantes del Taxi Toyota Tercel de color blanco con placa 8T-13476. De acuerdo a los informes de vigilancia de la Policía Técnica Judicial, las 2000 pastillas de ÉXTASIS se guardaban en el taxi que era conducido por F.A.B.R..

Efectuada la transacción, se procedió a la aprehensión de L.G.C.A. alias CURRO, O.A.B. DEL ROSARIO alias NEGRO, C.A.B.Y. y F.A.B.R. alias ALEX.

CESAR AUGUSTO BECKELD YANGUEZ y O.A. DEL ROSARIO BARRIOS al rendir declaración indagatoria se acogieron al artículo 22 de la Constitución, mientras que F.A.B.R. expresó no tener nada que ver con el ilícito. Manifestó no haber participado en la reunión del día 23 de mayo de 2001 en el restaurante MC DONALDS de El Dorado, sin embargo no pudo recordar que hizo ese día.

Por su parte, L.G.A.C. narró su participación en la venta de la droga, indicando que el taxi Toyota Tercel blanco era ocupado por ALEX y PANCHO, formulándole cargos a F.A.B.R..

Por considerarlos presuntos responsables de delitos Contra la Salud Pública, la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas ordenó las detenciones preventivas de los procesados mediante providencia de fecha 25 de mayo de 2001...

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