Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 11 de Junio de 1999

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución11 de Junio de 1999
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado SIDNEY SITTON URETA, acude ante esta corporación de Justicia con la finalidad de interponer recurso de habeas corpus a favor del señor J.R.L.R., y contra el F.S. Superior del Tercer Distrito Judicial con sede en D., Chiriquí.

EL ACCIONANTE

El licenciado SITTON, expone que el señor J.L., es paciente psiquiátrico desde hace varios años, y que por ello, solicitó al F.S. Superior del Tercer Distrito Judicial, la suspensión de su proceso, por inimputabilidad, pero dicha petición hasta el momento, no ha sido resuelta.

Dicha enfermedad mental, se avala con la evaluación psiquiátrica realizada al señor LUNA, por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público de fecha 30 de abril de 1999, en donde se estableció, que el evaluado padece de ESQUIZOFRENIA PARANOIDE, presenta cuadro psicótico, y por lo tanto, requiere tratamiento intrahospitalario URGENTE.

Igualmente el recurrente, transcribe los artículos 24 del Código Penal y 2039 del Código Judicial, los cuales señalan, que al comprobarse científicamente la enfermedad mental del imputado debe dictarse un auto que ordene la suspensión del proceso.

En este sentido, cita la obra de R.S.N., "PSIQUIATRÍA CLÍNICA FORENSE", pág. 268, en donde se señalan los principales rasgos de la Esquizofrenia Paranoide.

Por lo anterior, solicita, se declare ilegal la detención preventiva del señor J.L.R., y en consecuencia se le otorgue su custodia a la señora A.H. RÍOS (Madre del imputado) para su tratamiento curativo. (fs. 40-44)

EL DEMANDANTE

Mediante providencia de 20 de mayo del año en curso, se dispuso librar mandamiento de habeas corpus contra la autoridad demandada, quien mediante escrito vía fax, de 21 de mayo de los presentes, contestó lo siguiente:

"

  1. Sí, es cierto que ordenamos la detenciónPreventiva de J.R.L.R. (a) JIMMY LUNA. La providencia en que ordenó la detención del prenombrado L.R., fue dictada el día 6 de enero de 1999, la cual es visible a fojas 292 del expediente.

  2. Los motivos de Hecho y de Derecho que se tomaron como fundamento para ordenar la detención del mencionado señor L.R., se encuentran detallados en la providencia referida en líneas arriba". (fs. 47-48)

CONSIDERACIONES DEL PLENO

El licenciado L.C. DONADO, Secretario Interino del Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, nos remite las sumarias seguidas contra J.R. LUNA RÍOS Y OTROS, sindicados por el supuesto delito contra la Vida y la Integridad Personal, contra el Patrimonio y Asociación Ilícita para...

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