Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 12 de Marzo de 2002

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada M.L.R. anunció recurso de apelación contra la sentencia de 3 de enero de 2002 emitida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia que declaró legal la orden de detención preventiva girada por la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas contra el imputado J.D.C.R. a quien se le adelanta proceso por la presunta comisión de delitos CONTRA LA SALUD PUBLICA.

ANTECEDENTES

A solicitud del ciudadano V.M. y con el fin de hacer efectiva una boleta de captura, los miembros del orden público de San Miguelito - Area B - ROLANDO MARTINEZ aprehendieron el día 18 de mayo de 2001 a JOSE DEL CARMEN RIVADENEIRA. Al ser trasladado a la referida zona de policía se le efectuó un registro completo, encontrándosele en el bolsillo izquierdo de su pantalón un cartucho plástico con treinta (30) carrizos de una sustancia blanca que arrojó resultados positivos para Cocaína y la suma de trece dólares ($13.00) en efectivo.

Al rendir indagatoria el imputado expresó que la sustancia incautada era de su propiedad y para su consumo. Indicó que se la había comprado a E.C., quien ocupa un cuarto, cuyo propietario es el señor V.M.. Cabe anotar que al ampliar su diligencia indagatoria se retractó de los cargos formulados contra E.C.. (Fojas 39 a 40).

Mediante vista fiscal de 26 de noviembre de 2001 el Ministerio Público solicitó auto de proceder contra el imputado R.R. por presunto infractor de las disposiciones penales contenidas en el Título VII, capítulo V del Libro II del Código Penal, relativas a la Salud Pública.

FUNDAMENTO DE LA APELANTE:

La licenciada M.L.R. anunció recurso de apelación al ser notificada de la sentencia de 3 de enero de 2002, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia que declaró legal la acción de Hábeas Corpus interpuesta contra la Juez Primera de Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá, licenciada M.D.C.P.D.S., sin embargo no sustentó el recurso oportunamente, por lo que el Pleno procederá a revisar los antecedentes del proceso de marras a fin de determinar, si la privación de libertad del imputado R.R. deviene en ilegal.

Sin embargo al presentar su acción de H.C., (fojas 1 y 2 del cuadernillo) la recurrente indicó que la detención preventiva de JOSE DEL CARMEN RIVADENEIRA RUJANO devenía en ilegal por cuanto que el procesado es un adicto a las drogas y los treinta (30) carrizos de Cocaína, tienen un peso de 2.70 gramos, razón por la cual...

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