Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 15 de Marzo de 1999

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución15 de Marzo de 1999
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado R.C., defensor de oficio de la provincia de H., concurre ante esta Corporación de Justicia, a efectos de interponer recurso de habeas corpus a favor de la señora CARMEN SARA MONTERREY "A" SARITA y contra el F. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas de la provincia de H. y Los Santos.

EL RECURRENTE

Sostiene el licenciado CARVAJAL, que su patrocinada, fue detenida el 19 de noviembre de 1998, por unidades del D.I.I.P. de H., cuando viajaba a bordo de un taxi junto con su marido H.B.. Al realizarse el registro del bolso que portaba la señora MONTERREY, se le encontró un frasco de mayonesa que contenía 51 carrizos con sustancia blanca, que al realizarse la prueba de laboratorio, reveló resultados positivos de COCAÍNA en la cantidad de 4.68 gramos.

También señala el recurrente, que en indagatoria visible a foja 38, la señora MONTERREY manifiesta, que efectivamente, la droga encontrada en su bolso era de su propiedad, y que la poseía con el fin de consumirla junto con su esposo.

Agrega, que su patrocinada estuvo internada en el hospital Regional de Los Santos por intoxicación, lo cual demuestra su adicción al consumo de drogas; además en dictamen legal, la Dra. R. (f. 74) señaló, que la señora S. puede usar, pero no consumir hasta 30 carrizos.

Por otra parte, los agentes captores E.A.E., N.E.P. y J.C.D., en sus declaraciones manifiestan que desconocían que la señora MONTERREY estuviera dedicada a actividades ilícitas relacionadas con drogas.

Por último señala el recurrente, que la droga encontrada a su representada estaba destinada para el consumo de ella y de su esposo, por lo que, ante la falta de indicios que demuestren que la droga era para el traspaso o venta ilegal, solicita se proceda a declarar ilegal la detención que sufre la señora CARMEN SARA MONTERREY y en consecuencia se ordene su inmediata libertad. (fs. 10-14)

LA AUTORIDAD DEMANDADA

Mediante providencia de 11 de febrero del año en curso, se libra mandamiento contra el funcionario demandado, quien por medio de oficio 127 de fecha ut supra, manifiesta, que no ordenó la detención de C.S.M., que en su lugar lo hizo el LIC. M.I.M.B., F.T.D. Especializado en Delitos Relacionado con Drogas, mediante resolución de 20 de noviembre de 1998.

Los motivos que dieron lugar a la detención de MONTERREY, surgen cuando agentes de la Subdirección de Información e Investigación Policial de H., detuvieron a los señores H.J.B., R.C.B. y C.S.M.S., quienes viajaban en un...

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