Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 17 de Abril de 2001

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución17 de Abril de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El magister E.A.P.S., actuando en nombre y representación de J.L.R. CORREA ha interpuesto acción de Hábeas Corpus contra el F.S. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

ANTECEDENTES

Los hechos que dieron origen a esta investigación guardan relación con la comisión de delitos CONTRA EL PATRIMONIO (extorsión) de que fue objeto el señor JOSE GIMAL, a quienes sus agresores, identificados como integrantes de las Fuerzas Revolucionarias Centroamericanas y Por el Pueblo (F.R.C.A.P.) le exigieron una considerable suma de dinero a cambio de la seguridad de su familia.

Al tener conocimiento de los hechos, la Policía Técnica Judicial inició las operaciones de rastreo, por lo cual se ubicaron los números de teléfonos de donde procedían las llamadas que los presuntos extorsionadores le efectuaban al ofendido, dando como resultado una diligencia de allanamiento y registro al apartamento No.6-H, edificio S.G., calle 50, corregimiento de San Francisco. En el domicilio fueron aprehendidos los ciudadanos de nacionalidad colombiana: C.A.C.R., A.T.C., J.L.R.C., y MILENA ROJAS SANTANDER.

En la habitación que ocupaba C.A.C.R. se encontró una bolsa plástica que contenía de un bulto forrado con cinta adhesiva en cuyo interior había Cocaína, así como un envoltorio en papel periódico de hierba seca que dio resultados positivos para M..

Al rendir los descargos los procesados ROJAS SANTANDER, TORRES CARMELO y ROJAS CORREA negaron tener conocimiento de los hechos, no obstante, C.R. manifestó que esa droga fue dejada por otro compañero de cuarto de nombre J.R., quien le solicitó que le guardara ese paquete, toda vez que viajaba a Colombia.

FUNDAMENTOS DE LA ACCION

El M.E.P. expresa en su escrito de H.C., que su representado J.L. ROJAS CORREA no tenía conocimiento de la existencia de la droga en el apartamento que compartía con TORRES CARMELO, C.R. y J.R., aunado al hecho que la aprehensión de su patrocinado obedeció a que: "...en una de las recamaras (especialmente la de C.A.C.R., EN EL (sic) clóset se encontró, una bolsa plástica de color blanco, la cual se presume es sustancia ilícita (droga). Además de un envoltorio de papel periódico habrá (sic) cierta cantidad de hierba seca que se presume sea marihuana". (Fojas 2 y 3 del cuadernillo de Hábeas Corpus).

Continuó expresando el letrado PEREZ que, aún cuando su representado reside en el apartamento no tiene nada que ver con la recamara ocupada por C.A.C., toda vez que el...

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