Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 20 de Enero de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución20 de Enero de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado M.E.B., defensor de oficio de A.C., presentó acción de habeas corpus a su favor y contra la orden de detención proferida por la F. Superior del Cuarto Distrito Judicial, mediante su resolución de 15 de noviembre de 1996.

Librado el mandamiento de habeas corpus contra la autoridad acusada, el 6 de enero se recibió por secretaría el oficio Nº 07 de 3 de enero de 1997, signado por el Fiscal Primero Superior interino del Cuarto Distrito Judicial, en el cual señala que no ordenó la detención preventiva, pues tal orden la emitió la Fiscal titular del despacho y en cuanto a los motivos o fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen a la adopción de la medida cautelar personal contra el señor A.C., explica que la Sub-Dirección de Información e Investigación Policial (DIIP) de la provincia de Los Santos después de montar una vigilancia en el Jardín Campo Alegre, lugar donde se dedican a la venta de drogas, se percataron de la presencia de tres personas en actitud sospechosa y al ser revisados, a uno de ellos, de nombre A.L.B.M., se le encontró en el bolsillo derecho de su pantalón un envoltorio con hierba seca que, sometido a los exámenes de laboratorio, arrojó resultados positivos de la yerba conocida como marihuana, en la cantidad de 0.28 gramos. En cuanto al accionante, indica que se le mantiene detenido porque fue señalado por B.M. como la persona que le vendió la droga por el precio de B/.1.00.

Además del informe sintetizado en el párrafo precedente, se remitió el expediente que contiene la investigación seguida a los señores A.L.B.M. y A.C., por delito contra la salud pública.

Al revisar las constancias de autos, se puede constatar que contra C. sólo aparece el señalamiento de B., quien expresó que la droga se la habían metido en el bolsillo sin su voluntad, posteriormente dijo que era la primera vez que consumía droga y en el curso de la indagatoria, expresa a través de la intérprete que lo asistió, -pues se trata de un sordomudo-, que también había consumido droga el día del niño y el día de los difuntos y que en ambos casos se la había comprado al gordo, a quien identificó como A.C..

A pesar de que en el expediente aparecen varios documentos provenientes de la Sub-Dirección de Información e Investigación policial (DIIP), de carácter confidencial, con distintas fechas de 1995 y 1996, que hacen referencia al "Gordo de Catalina" como vinculado a actividades ilícitas de venta de drogas en el área, en ninguna de...

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