Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 20 de Marzo de 1995

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución20 de Marzo de 1995
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado R.A.B.B. ha promovido acción de habeas corpus a favor de los señores SONNIO RAMÓN NIN MANCEBO Y ALVARO URQUIZA CRUZ y contra el señor F.A. de la República.

La parte actora manifiesta que no existe participación directa de los señores NIN MANCEBO Y URQUIZA CRUZ con el hecho ilícito investigado, porque los mismos no fueron detenidos a bordo del vehículo hurtado.

Oportunamente se libró mandamiento de Habeas Corpus y el funcionario demandado rindió el informe que se le solicitó, por medio del oficio Nº 3854 de marzo de 1995, en los siguientes términos:

"1. Mediante providencia fechada 8 de febrero del año en curso, este despacho decretó la detención preventiva de los señores SONNY NIN MANCEBO, A.S.A. Y ALVARO CRUZ URQUIZA.

  1. De acuerdo a informe de comisión suscrito por el detective J.L. de la Policía Técnica Judicial, el día 6 de los corrientes, siendo las cinco de la mañana (5:00 a. m.) una persona se acercó a la Sala de Guardia del Área fronteriza "Paso Canoas" e hizo entrega de un Libro titulado TROMBOSIS VENENOSA PROFUNDA dentro del cual reposaban documentos sobre la propiedad de un vehículo NISSAN SENTRA, color gris, con permiso de circulación de Costa Rica.

    Según esa persona el L. y los documentos habían sido dejados por dos sujetos que se bajaron de un vehículo, cerca de un puesto de frituras.

    Como se tenía conocimiento de que las personas se dirigieron a pie con dirección al puente del Río Chiriquí y que el vehículo descrito debía pasar por el puesto de vigilancia de JACÚ, se tomaron las medidas para que fuera interceptado.

    De acuerdo al informe, el Detective Lara se encontraba apostado en la Estación de Gasolina 3 de noviembre, viendo a los dos hombres acompañados de un tercero, mientras mantenían la cajuela del vehículo abierta. Con apoyo de otra unidad se procedió a la detención de las dos personas y luego fue detenido el vehículo y su conductor, en el puesto de seguridad de Jacú.

    Las aprehensiones se dieron con un margen de 10 minutos de diferencia, respondiendo los primeros a los nombres de ALVARO CRUZ URQUIZA, S.N.M. y el ocupante del carro A.S.A..

    Las investigaciones arrojaron que el vehículo de marras había sido robado en horas de la noche del 4 de febrero de 1995, en la ciudad de San José, Costa Rica.

    Compareció a declarar L.M.U.C., C., esposo de la propietaria del vehículo S.R.H., quien acopió copias fotostáticas de la denuncia suscrita en Costa Rica, así como los documentos de propiedad.

    Es de destacar...

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