Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 20 de Mayo de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución20 de Mayo de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Contra la sentencia de 21 de abril de 1997, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, al resolver la acción de habeas corpus propuesta por el licenciado M.B. contra la orden de detención del señor H.J.C., sindicado por el delito contra el patrimonio, se interpuso recurso de apelación, lo que motiva el ingreso del expediente a esta Corporación Judicial.

La sentencia censurada por este medio de impugnación declara legal la detención preventiva impuesta a H.J.C., al considerar que el delito que se le imputa es el de robo a mano armada y que fue objeto de reconocimiento por el sujeto pasivo, señor R.C., quien desde su primera declaración afirmó que reconocería y estaba en capacidad de identificar a uno de los sujetos participantes en el ilícito hasta el punto de dar una descripción física y el apodo. Consta en autos que a cinco días de ocurrido los hechos se practicó la diligencia de reconocimiento en rueda de detenidos y en la misma, el afectado logró reconocer a H.J.C. como uno de los sujetos que lo atacó, portando un arma de fuego y en compañía de otro, quienes lo despojaron de la suma de Tres Mil Balboas (B/.3,000.00) que llevaba consigo para concluir un trámite de traspaso de un automóvil.

Si bien el licenciado B. señala que otras personas que apreciaron los hechos a diferentes distancias, no reconocieron a H.J.C. en las diligencias de reconocimiento respectivas, en materia penal, para los efectos de determinar el nexo de causalidad y sustentar ab-initio una medida cautelar privativa de libertad, basta con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR