Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 23 de Octubre de 1998

PonenteGRACIELA J. DIXON
Fecha de Resolución23 de Octubre de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La firma M. y Asociados ha interpuesto acción de Habeas Corpus a favor de V.M.Y.I. y J.H.P.C., ciudadanos ecuatorianos quienes se encuentran detenidos a órdenes del Director de la Dirección de Migración y Naturalización con fundamento en el resuelto DNMYN-SI-1332.

Acogida la presente acción constitucional mediante providencia de 8 de octubre de 1998, se libró mandamiento de habeas corpus contra dicha autoridad, quien mediante Nota No. DNMYN-342/98 de 12 de octubre de los corrientes externó lo siguiente:

"a) No es cierto que se haya ordenado la detención de V.M.Y.I. y de J.H.P.C., ambos de nacionalidad ecuatoriana. Los mismos fueron remitidos mediante Memorandum DMNAIT-2872-98 de 22 de septiembre de 1998, por el Jefe Asistente de la Oficina de Migración del Aereopuerto de Tocumen. Posteriormente este despacho ordena la detención mediante resolución DNMSI - 1332 de 22 de septiembre de 1998, por razones de seguridad y orden público. b) Los motivos de hecho en que se fundamenta la detención de dichas ciudadanas (sic) son los siguientes:

PRIMERO

Que los prenombrados ciudadanos ingresaron al país el día 16 de septiembre de 1998, en calidad de turista. Cabe señalar que al momento de su ingreso no tenían visa hacia México.

SEGUNDO

Que el día 20 de septiembre de 1998, los mencionados señores fueron detectados junto con ciento cuarenta y seis (146) ciudadanos ecuatorianos más, por inspectores de migración en el Aereopuerto Internacional de Tocumen, en los momentos en que se disponían a registrarse en los mostradores de la Aereolínea Lloyd Aéreo Boliviano con destino a Cancún, México, ... utilizando visas falsas para ingresar a dicho país.

TERCERO

Que posteriormente y de acuerdo a nota enviada por el Cónsul de México en Panamá, el señor J.C., se nos confirmó que las visas contenidas en los pasaportes de los 146 ciudadanos ecuatorianos, incluyendo a los señor V.M.Y.I. y J.H.P.C., había sido falsificadas.

CUARTO

Que según nuestras investigaciones y tal cual lo expresamos al principio existen fuertes sospechas de que dichas visas fueron falsificadas en nuestro territorio, por lo que se mantienen en nuestras instalaciones a varios ciudadanos ecuatorianos, incluyendo a los señores V.M.Y.I. y J.H.P.C., con el fin de reunir más información sobre los autores intelectuales de este hecho.

QUINTO

Que este Despacho mediante Nota No. 333/98 de 1 de octubre de 1998 y la Nota No. 335...

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