Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 24 de Noviembre de 1999

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 1999
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El 27 de octubre de 1999, la Secretaría General de esta Corte recibe manuscrito del señor J.A.C.H., quien solicita la acción de H.C. en su propio nombre y contra la Dirección Nacional de Corrección, hoy día denominada Dirección General del Sistema Penitenciario.

EL ACCIONANTE

El señor CHÁVEZ HERRERA manifiesta que la Directora de Corrección lo mantiene preso ilegalmente, pues se encuentra cumpliendo pena de 14 años de prisión, por una serie de procesos acumulados, y a la fecha tiene 16 años de estar detenido, pues señala que en nota calendada 26 de mayo de 1994 y suscrita por el entonces Director Encargado de la Isla Penal de Coiba, se certifica que ha estado detenido desde el 23 de septiembre de 1983. (F. 2)

Sin embargo, la Dirección Nacional de Corrección, mediante Nota Nº 1511 de 10 de agosto de 1999, dice que CHÁVEZ HERRERA está detenido desde el 5 de marzo de 1986 y a la fecha lleva preso 13 años 6 meses y le faltan 6 meses para cumplir los 14 años de condena. (F. 4)

Indica el accionante que lo anterior no es cierto, pues los archivos de la Cárcel Modelo así como los de la Dirección Nacional de Corrección, fueron destruidos y saqueados en la Invasión Norteamericana del 20 de diciembre de 1989, por lo que adjunta copia de la Nota Nº 613-DNC, calendada 14 de febrero de 1997, en la que se certifica que los archivos de esa Institución fueron destruidos y no se cuenta con registros anteriores a esa fecha, por lo que cuestiona de dónde saca la Dirección de Corrección una serie de egresos e ingresos antes de 1989, si según consta en la precitada Nota Nº 613-DNC, no tienen records o archivos anteriores a la invasión. (Fs. 3-4)

LA AUTORIDAD DEMANDADA

Mediante proveído fechado 21 de septiembre de 1999, se libró mandamiento de H.C. en contra de la Dirección General del Sistema Penitenciario. La Licda. CONCEPCIÓN CORRO, Directora de la Institución, presentó el informe a través de Nota Nº 1558-DGSP-al, fechado 22 de septiembre de 1999, en donde señaló lo siguiente:

"A. La suscrita en calidad de Directora General del Sistema Penitenciario no ha impartido orden de detención en contra del prenombrado, verbalmente ni por escrito.

B. No podemos hacer referencia de los motivos o fundamentos de hecho o de derecho porque no lo hemos ordenado.

C. El señor J.A.C.H., con cédula de identidad personal Nº 8-193-20, se encuentra recluido en el Centro de Rehabilitación El Renacer, a órdenes de la Dirección General del Sistema Penitenciario, en ejecución de...

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