Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 28 de Julio de 2000

PonenteROBERTO GONZÁLEZ R
Fecha de Resolución28 de Julio de 2000
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

La licenciada T.I., Defensora de Oficio, acude ante esta Corporación de Justicia con el objeto de interponer acción de habeas corpus a favor de la señora C.M.M., contra el Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

LA ACCIÓN

Señala la recurrente, que el día 16 de mayo de 2000, la Corregidora de J.D., efectuó un allanamiento en San Cristóbal, Casa # 223, con el fin de localizar al señor R.E.A.M., quien mantiene denuncia, por la supuesta comisión de delito de robo. Al efectuarse dicha diligencia, se logró encontrar entre otras personas, a su representada, C.M.M., con un cartuchito que contenía cincuenta y un (51) sustancias cuadradas, color cremoso que se presume sea droga.

Igualmente manifiesta la Defensora de Oficio, que a pesar que su defendida confiesa que la droga le pertenece, la orden de detención preventiva dictada en su contra debe ser declarada ilegal, toda vez que se fundamentó en una diligencia de allanamiento que infringió el procedimiento legal, por cuanto que no fue emitida por autoridad competente, no estableció hora ni dirección precisa, al igual que tampoco contiene un fin específico ni motivación alguna.

Por los motivos expresados solicita, se declare ilegal ladetención preventiva que sufre C.M.M. y en consecuencia se le otorgue su inmediata libertad. (fs. 3)

SUSTANCIACIÓN

Mediante providencia de 26 de junio de 2000, se libra mandamiento de habeas corpus contra la autoridad demandada, quien mediante Oficio No. FD1-T-07-2564-2000 de 28 de junio de 2000, manifiesta, que la detención de C.M.H.M., fue decretada por ese despacho a través de providencia fechada 18 de mayo de 2000.

Como fundamentos de hecho el funcionario de instrucción señaló:

"... Al momento de la llegada de las unidades de policía a la residencia, una de las unidades se percata que la ciudadana que respondió al nombre de CARMEN MARLENIS HAUGHTON MARTÍNEZ, salió corriendo hacia uno de los cuartos de la residencia y arrojó en el zinc de la casa un bulto, el cual al ser verificado, se trataba de una bolsa de plástico de color blanco y el mismo en su interior mantenía un cartucho de plástico transparente que al ser verificado contenía 51 sustancias sólidas de color cremoso, el cual se presume sea droga o crack. Al continuar con la revisión del inmueble se encontró en poder de la joven HAUGHTON, la suma de sesenta y siete dólares con ochenta y cinco centavos. Rinde declaración indagatoria la ciudadana H.M., quien manifestó que...

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