Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 29 de Enero de 2001

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución29 de Enero de 2001
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

En grado de apelación conoce el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, de la acción de habeas corpus interpuesta por el licenciado CESAR DARIO LERMA en favor de V.B.H., contra el Fiscal de Circuito de H., por considerar que la privación de libertad que sufre, es ilegal.

  1. LA RESOLUCION APELADA

    El Tribunal Superior de Justicia del Cuarto Distrito Judicial, al conocer en primera instancia de la acción propuesta, decidió mediante resolución de 22 de diciembre de 2000, declarar legal la orden de detención preventiva de V.B.H., sindicado en la muerte del menor JULIO CESAR G.J..

    De acuerdo al Tribunal, pesan contra el señor BARRIA, indicios graves de presencia, oportunidad y mala justificación, que hasta el momento le vinculan con el hecho punible investigado, ilícito penal éste, que permite la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva.

    En la sentencia objeto de alzada, el Tribunal A-quo justificó la medida impuesta, de la manera lo siguiente:

    "Para que pueda producirse la privación de libertad de una persona, es preciso que exista mandamiento escrito de autoridad competente, expedido de acuerdo con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la Ley.

    Dentro de este negocio aparece la resolución fechada dieciocho (18) de julio de dos mil (2000), de la Fiscalía de Circuito de Herrera (fs.540-544) donde razonadamente se decreta la detención preventiva de V.B.H., tal como lo determinan los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial, determinándose no sólo el hecho punible, sino los elementos de prueba que emergen en su contra.

    ...

    De otra forma, contra el imputado emergen indicios de oportunidad y mala justificación que sustentan la medida de detención preventiva y que emergen de su propia declaración, a la luz de lo normado en el artículo 2148 del Código Judicial (A folios 200, 323, 328 y 487-494)."

    Con estos razonamientos, se declaró la conformidad legal de la privación de libertad dispuesta por la Fiscalía de Circuito de Herrera, sobre V.B.H..

  2. ARGUMENTACIONES DEL APELANTE

    El proponente de la acción de habeas corpus ha insistido en que no existe certeza jurídica sobre la vinculación del imputado, con el hecho punible.

    En este contexto señala, que por la notoriedad y trascendencia pública que ha tenido la muerte del menor JULIO JAEN, el imputado ha sufrido la presión de la comunidad y de los medios de comunicación, por lo que su estado de temor e ignorancia le ha llevado a incurrir en contradicciones que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR