Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 30 de Octubre de 2002

PonenteGRACIELA J. DIXON C.
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2002
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de Hábeas Corpus interpuesta por el licenciado G.P.P. a favor de la señora LILIBETH DEL CARMEN DOMINGUEZ, en contra del Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado R.M..

ANTECEDENTES

De acuerdo a informaciones obtenidas y a vigilancias efectuadas al domicilio de los señores LILIBETH DEL CARMEN DOMINGUEZ y J.L.A., la Sub Dirección de Información e Investigación Policial tuvo conocimiento que dichas personas vendían sustancias ilícitas (confrontar folios 2 a 8 de los antecedentes), por lo que solicitaron al Ministerio Público realizar diligencia de allanamiento mediante compra simulada, la cual se llevó a cabo el día 27 de junio de 2002en el domicilio de los señores DOMINGUEZ y ACUÑA ubicado en el corregimiento de El Llano Bonito de Chepo, para lo cual se utilizaron dos billetes con denominaciones de un dolar cuyas series eran F 92658744 S, y F 27949539 K. (Folio 10 del sumario).

Realizada la compra, se llevó a cabo el allanamiento encontrándose seis carrizos plásticos con una sustancia blanca que arrojó resultados positivos para Cocaína; sin embargo no se pudieron ubicar los billetes utilizados en dicha diligencia. Posteriormente, la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas ordenó la detención preventiva de los imputados LILIBETH DEL CARMEN DOMINGUEZ y J.L.A. por su presunta participación en la comisión de delitos que atentan Contra la Salud Pública.

CONSIDERACIONES DEL ACCIONANTE:

El licenciado G.P.P. considera que la orden de privación de libertad expedida por la Fiscalía Primera Especializada en Delitos Relacionados con Drogas deviene en ilegal, por cuanto que la droga incautada en el domicilio de la imputada no era de ella, sino para consumo de su esposo, por lo que no era para la venta.

Agregó el accionante que tampoco existe contundencia en la compra simulada, pues no fueron encontrados los billetes marcados e identificados previamente por el Ministerio Público, aunado al hecho que el supuesto comprador Avaciló en la diligencia al demorarse más de lo normal y haberse dirigido a otras viviendas donde supuestamente permaneció por espacio de una hora.@ (Folio 3).

Tomando como norte estos argumentos, el licenciado PINEDA PATIÑO solicita la libertad de su representada LILIBETH DEL CARMEN DOMINGUEZ CERRUD.

RESPUESTA DEL FUNCIONARIO DEMANDADO:

El Fiscal Primero Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, licenciado R.M. sustentó las causas por las que ordenó la detención preventiva de la señora DOMINGUEZ CERRUD mediante Oficio No.FD1-T17-4540-02 de 22 de agosto de 2002,visible a folios 9 y 10 del cuadernillo.

Expresó el Ministerio Público que la privación de libertad de la señora D.C. fue ordenada porque de acuerdo a información recibida por la SUB-DIIP de Panamá Este, la procesada y su concubino J.L.A.L. se dedicaban a la venta de sustancias ilícitas en el sector de El Llano Bonito de Chepo.

Continuó expresando la representación fiscal, que mediante compra simulada realizada el día 27 de junio de 2002 se adquirieron dos carrizos de Cocaína y la fuente que participó en la compra, al retornar, le indicó al secretario de la Fiscalía que presidió la diligencia, que fue atendido por la señora de J.A., pero quien le entregó la sustancia ilícita fue el señor ACUÑA, quien la extrajo de un frasco. (F. 10 del cuadernillo).

También agregó el F.M. que:

A... Al realizarse la diligencia de allanamiento se encontraron en el área de la cocina (en el fogón) una cajetilla de fósforos que tenía seis (6) carrizos con polvo blanco similar a los obtenidos en la compra controlada y tres (3) carrizos vacíos, un sobre plástico con una sustancia que se resume sea azúcar de leche y un celular marca Nokia. No se encontraron los billetes marcados.

...

Al rendir declaración indagatoria L.D.C.D. manifestó que a su casa había llegado un sujeto de apodo MESANI quien preguntó por su esposo...

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