Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 30 de Diciembre de 1997

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 1997
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

El licenciado A.A.V., ha presentado acción de Habeas Corpus a favor de E.G.P. y contra la orden de detención y deportación emitida por el Director Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia.

Según el accionante, el señor E.G.P. fue detenido a fines del mes de agosto en compañía de su hermano C.G.P. y su sobrino el menor E.P.G., con motivo de una investigación por actos de pillaje realizados en el área de "Bajo Chiquito" en el distrito de Pinogana, pero al establecer que no estaban vinculados a esos hechos, el Ministerio Público dispuso ponerlos a órdenes de las autoridades de Migración de La Palma porque carecían de documentos de permanencia en el país, debidamente legalizados.

El accionante sostiene que se trata de personas desplazadas de Colombia por razón de las incursiones de grupos armados y que se encuentran registrados como tales en la Policía Nacional. Señala además, que su patrocinado carece de familiar alguno en su nación de origen porque sus padres son residentes en Puerto Obaldía en la Comarca de San Blas y su deportación es violatoria de los artículos 19, 21 y 22 de la Constitución.

Librado el mandamiento de H.C., el Director Nacional de Migración y Naturalización rindió informe sobre los puntos requeridos por el Tribunal, en el sentido de señalar el S.E.G.P. fue puesto a sus órdenes por el Inspector Encargado de Migración de La Palma, D. y al verificar los archivos de esa institución se pudo establecer que ingresó al país en 1995, de manera ilegal, por la "trocha" que se cruza en el sector limítrofe, manteniéndose en el país sin hacer gestión alguna para legalizar su situación. Informa, además, que con fundamento en los Decretos y L. que regulan la materia migratoria, por las circunstancias que rodean el caso, se dispuso mantenerlo en custodia con la finalidad de deportarlo a su país de origen, previo el trámite de los recursos administrativos que la ley confiere al afectado.

Si...

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