Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 1 de Junio de 1995

PonenteCARLOS ENRIQUE MUÑOZ POPE
Fecha de Resolución 1 de Junio de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La sentencia de 4 de mayo de 1995, proferida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, que decide la acción de habeas corpus promovida por R.L.S. en su propio nombre, fue apelada por el abogado defensor del accionante y a ello obedece el ingreso del expediente al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.

El fallo recurrido declara legal la detención de S. porque considera que si bien es cierto que los delitos contra el patrimonio que se le imputan no conllevan detención preventiva porque la pena mínima es inferior a dos años, sin embargo, en el informe policivo que se incorporó a los autos, hay una referencia a un posible tráfico de armas y de drogas, que requiere una investigación más profunda que determine el grado de participación de S. en dichos actos.

Por su parte, el abogado que representa la defensa técnica arguye, que basta leer el informativo del detective de la PTJ para percatarse que la alusión que se hace a un colombiano a quien le prestaron el motor fuera de borda y que supuestamente se dedicaba al tráfico de drogas, es una referencia indirecta que se dice fue escuchada por el policía a S. después de haber sido denunciado por G.A. De La Cruz por el delito de apropiación indebida del motor fuera de borda, valorado en la suma de B/.3,000.00.

De acuerdo con el informe procedente de la Fiscalía Duodécima de Circuito y que consta en el oficio Nº 1945 de 20 de abril de 1995 (Cfr. fs. 10-11) la detención fue ordenada por esa agencia del Ministerio Público "en virtud de querella suscrita por G.A.B. donde señala al señor R.L.S. de haberse apropiado de un motor fuera de borda, valorado en B/.3,000.00 acreditándose dicho hecho punible con el testimonio de S.E. de De La Cruz; al considerarse por este despacho como la medida cautelar más efectiva para el sumariado, toda vez que el mismo según consta a fojas 1 es sujeto de dos investigaciones por el mismo delito, dándose luces sobre la tendencia del sumariado a la comisión de estos delitos en detrimento de la...

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