Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Marzo de 1998

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor B.R.F., ha presentado demanda de habeas corpus a favor del señor L.C.B.R. por considerar ilegal su detención.

El demandante afirma que se debe declarar ilegal la detención del señor L.C.B.R. pues a su juicio no ha sido posible imputarle la autoría de la conducta descrita como punible, ni se le ha podido relacionar de forma alguna con los actos preparatorios al delito ya que desconocía la realidad de los hechos, siendo engañado por las hermanas B.C.. A su vez, señala, no se ha podido determinar el concurso real o material contra el señor B. conforme a los medios probatorios idóneos permitidos por el artículo 2073 del Código Judicial.

El Magistrado Sustanciador acogió la demanda mediante proveído de 5 de febrero de 1998 y libró mandamiento de habeas corpus en contra del F.C. Superior del Primer Distrito Judicial, a fin de que se pusiera el detenido a órdenes de esta Corporación y rindiera un informe sobre las materias a las que se refiere el artículo 2582 del Código Judicial.

El Fiscal Cuarto Superior del Primer Distrito Judicial rindió su informe mediante Oficio Nº 366 fechado el 9 de febrero de 1998 en el cual indica lo siguiente:

"PRIMERO: Este Despacho ordenó la detención en contra de L.C.B.R., la misma se hizo a través de la providencia de fecha dos (2) de diciembre de 1997, la cual corre visible a fojas 644 a 648 del sumario.

SEGUNDO

Los fundamentos de hecho de la detención, giran en torno a la declaración de XENAIDA CORTEZ MONTENEGRO (fs. 475 a 486), en la cual manifiesta que:

...

De igual forma rinde declaración jurada el señor JULIO C.A. ESPINOSA (ver fojas 25 a 27 y de 257 a 258), quien señala laborar como seguridad en la empresa denominada ING. CIVILES ASOCIADOS; quien relata que ese día se encontraba en el turno correspondiente de 7:00 p. m. del seis 86) de noviembre de 1997, a las 6:00 a. m. del 7 de noviembre de 1997, y que aproximadamente a las 2:00 a. m. del día siete (7) de noviembre del mismo año, vio entrar hacia los astilleros de J.D. dos (2) vehículos, por la parte trasera de donde él custodiaba, escuchando minutos después dos (2) detonaciones, viendo inmediatamente salir a los dos vehículos, que momentos antes había visto entrar, describe los vehículos como uno de color blanco y otro de color gris o crema, lo cual no pudo ver con exactitud por la oscuridad.

La Fiscalía Auxiliar de la República, llevó a cabo una diligencia de Reconocimiento de vehículos (ver fojas 266 a 268...

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