Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Junio de 1997

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 2 de Junio de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.C.V., actuando en representación de Chi Kan Chai Cai o Cai Zhi Qin (a) L., ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de 14 de abril de 1997 expedida por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se declara legal la detención preventiva de la cual es objeto el señor C.K.C.C..

El Segundo Tribunal Superior de Justicia decretó legal la detención preventiva del señor C.K.C.C., toda vez que, a su criterio, existen graves indicios de responsabilidad penal que lo vinculan directamente con los hechos que se le imputan.

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia procede a determinar si la detención del señor C.K.C.C. es legal o ilegal, previa las siguiente consideraciones.

Observa el Pleno de la Corte Suprema de Justicia que el presente proceso de inicia por denuncia presentada por la Ing. O.M. de S., Directora Provincial del Registro Civil de C.. La Ing. M. estableció que el 30 de noviembre de 1996 la señora Esmeralda de J., funcionaria de su despacho, estaba revisando el escritorio del área de nacimientos y encontró varias inscripciones de nacimiento dobladas en tres. Dichas inscripciones fueron examinadas por la denunciante, quien determinó que tenían el parte clínico del Hospital M.A.G. falsificado (fs. 3 de las sumarias). Agrega la citada funcionaria que en razón de las irregularidades detectadas, se informó al Director Nacional del Registro Civil y se inició una investigación en los tomos de inscripciones que dio como resultado el hallazgo de 19 actas de nacimiento de personas de nacionalidad siria, libanés, china, etc. con partes clínicos falsificados. Según la ingeniera, los partes fueron llenados a letra imprenta, que reconoció pertenecía al señor E.C.. En vista de esta situación, la citada funcionaria procedió a interrogar al señor C., funcionario del Registro Civil sección de C., quien en un principio mostró sorpresa, mas luego aceptó su culpabilidad e indicó que la señora D.Á., también funcionaria de la mencionada institución, fue la que lo indujo a cometer el mencionado ilícito. Finaliza la ingeniera estableciendo que el señor C. agregó haber continuado con las inscripciones falsas sin la mediación de la señora D..

En este orden de ideas, encontramos de foja 406 a 411 de las sumarias la declaración indagatoria rendida por E.A.C., quien confesó, entre otras cosas, haber realizado inscripciones de extranjeros con la ayuda de unos sujetos de nombre L., S. y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR