Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 2 de Diciembre de 1994
Ponente | ARTURO HOYOS |
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 1994 |
Emisor | Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral |
VISTOS:
El Licenciado J.F.Q.Á. interpuso demanda de habeas corpus a favor del señor C.A. DE LEÓN ALBA y en contra de la Fiscal Segunda Delegada de la Procuraduría General de la Nación.
Librado el mandamiento de habeas corpus contra la Fiscal Segunda Delegada de la Procuraduría General de la Nación, dicha funcionaria contestó lo siguiente:
"PRIMERO: Este despacho instructor, adelanta investigaciones referente a la NOTITIA CRIMINIS, puesta en conocimiento del señor Procurador General de la Nación, por parte de la Licenciada A. de la Rosa Terrientes, en representación del Ingeniero V.N.J.G., Ministro de Hacienda y Tesoro, para la fecha del 15 de junio de 1994. La misma versa sobre la pérdida de CIENTO SETENTA Y SIETE BONOS DEL ESTADO, cuyo monto total es de CIENTO SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS BALBOAS (B/.176.200.00); los cuales estaban bajo custodia, en la Sección de Sellos Fiscales de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Hacienda y Tesoro; señalándose inicialmente como posibles responsables a los señores: L.C.Y., M. de Credidío y B. de R..
Con posterioridad, el señor C.A. De León Alba, emerge como imputado, toda vez que participó en la venta de los bonos sustraídos de la Sección de Sellos Fiscales del ministerio de Hacienda y Tesoro, como fielmente se infiere de su declaración jurada que rindió ante este despacho el día 23 de agosto de 1994, consultable a fojas 528 a 530 del sumario.
En la declaración referida, el imputado C.A. De león Alba, reconoce que la firma que aparece en los bonos distinguidos como "BONOS DE INVERSIONES PÚBLICAS 1973, BIP-MNo-629, BONO DE INVERSIONES PÚBLICAS 1973 BIP-MNo- 633", es de su puño y letra, que el número "8-183-39"es el de su cédula de identidad personal.
El señor R.A.A.N., Ejecutivo de la empresa TECNO VALORES, S.A., en su declaración jurada de fojas 293-300 del expediente, ampliada a fojas 8245-828, afirma que De León Alba, se presentó como propietario de los bonos objeto del ilícito.
A fojas 299-300 del expediente, figura la copia fotostática de la cédula del señor C.A. De León Alba y copia fotostática del recibo del pago hecho por TECNO VALORES, S.A., al sumariado, firmado por éste, por un monto total de B/.7,342.50 balboas.
B.1) Los fundamentos de derecho que sustentan la disposición impugnada son los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial.
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El señor C.A. De León Alba, no está bajo las órdenes de este...
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