Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 3 de Mayo de 2001

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada I.O.J.G. interpuso recurso de apelación contra la Sentencia 1era. No. 32, de 30 de marzo de 2001, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial declaró legal la detención preventiva del señor L.A.G.P., quien estaba a órdenes del Juez Segundo de Circuito, Ramo Penal, del Tercer Circuito Judicial de Panamá.

Así las cosas, encontrándose el expediente para resolver su apelación, la licenciada I.O.J.G. apoderada judicial del señor L.A.G.P. presentó escrito de DESISTIMIENTO del recurso de habeas corpus que a la letra dice:

"...

Yo, I.O.J.G., abogada de generales conocidas en autos, y en uso de Poder Especial a mi conferido comparezco ante su digno despacho a fin de presentar DESISTIMIENTO de la Apelación a la Sentencia 1era. No.32 del Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial con fecha del (30) treinta de marzo del dos mil uno (2001) se trata de una demanda de habeas corpus en beneficio del joven L.A.G.P., vinculado con el supuesto delito de robo en perjuicio de la Empresa Oro del Norte, S. A.

...

(Fs. 30)

Como quiera que toda persona que haya entablado una demanda, promovido un incidente o interpuesto un recurso, puede desistir expresa o tácitamente del mismo, conforme establece el primer párrafo del artículo 1073 del Código...

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