Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Julio de 1999

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución 5 de Julio de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada ASUNCIÓN ALONSO DE M., en carácter de defensora de oficio de FELICIDAD M.R.P., ha promovido acción de habeas corpus contra la Fiscalía Primera de Drogas.

Admitida la acción constitucional, se libró mandamiento contra el funcionario demandado, recibiéndose contestación en la Secretaría General, el día 21 de junio del año en curso, y en la cual comunicaban que en dicho despacho no se instruye sumario contra la señora FELICIDAD M.R.P., sino que el expediente respectivo se encuentra en la Fiscalía Segunda Especializada en Delitos Relacionados con Drogas. Al enderezarse el libramiento de habeas corpus contra dicho despacho, se recibió el informe el día 23 de junio de 1999, que se transcribe textualmente:

  1. Si es cierto que ordenamos la detención del señor TOMAS EDUARDO DE LA CRUZ ROMERO. Dicha decisión fue emitida mediante resolución de tres (3) de mayo de mil novecientos noventa y nueve (1999), la cual se encuentra acopiada a fojas 47-51 del presente sumario.

  2. FUNDAMENTOS DE HECHO

Los fundamentos de hecho que motivaron la actuación los exponemos a continuación:

Los hechos se inician el día veintinueve (29) de abril del año que decurre cuando son detenidos los señores TOMAS EDUARDO DE LA CRUZ ROMERO y FELICIDAD M.R.P., mediante diligencia de allanamiento efectuada por este despacho en asocio con unidades de la Sub-Dirección del Departamento de Información e Investigación Policial, del Área G, A.D., de la Policía Nacional.

La diligencia judicial, obedeció a que las unidades policiales mantenían información de que en el inmueble ubicado en la vía principal de A.D., a un lado del Centro de Salud, residía un sujeto de nombre TOMAS EDUARDO DE LA CRUZ, el cual convivía con una mujer conocida como MUÑECA, y que éstos se dedicaban a la venta de sustancias ilícitas.

Previo a la diligencia de allanamiento, esta agencia de instrucción autorizó la realización de una compra controlada de sustancias ilícitas, para lo cual se utilizaron tres (3) billetes de un balboa (B/.1.00), los cuales fueron previamente fotocopiados y autenticados por este Despacho.

Con este dinero se logró comprar dos (2) sustancias sólidas, color crema, una envuelta en papel aluminio y la otra no, las cuales se presumió eran droga. Manifestó la fuente que la venta la efectuó un sujeto sin camisa, trigueño, de contextura obesa.

Al llegar al lugar, se mantenían los sindicados DE LA CRUZ ROMERO y RANGEL PALMA, coincidiendo TOMAS EDUARDO DE LA CRUZ ROMERO, con la descripción proporcionada por el informante.

Se inicia el registro del inmueble en presencia de sus dos (2) ocupantes, luego de haber comunicado a éstos el motivo de la diligencia judicial, encontrando en la ventana de ornamentales un paquete de cigarrillos marca Malboro Lights, el cual mantenía en su interior TREINTA Y DOS (32) carrizos de plástico contentivos cada uno de un polvo blanco el cual se presume sea droga. Debajo del linóleo, a un costado de la entrada principal encuentran un cartuchito plástico, el cual...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR