Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Agosto de 1998

PonenteJOSÉ A. TROYANO
Fecha de Resolución 7 de Agosto de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema, en grado de apelación, la acción de Habeas Corpus propuesta por el Licenciado Agapito Guerrero Vega a favor de ALEXANDER DE LEÓN, detenido en la Cárcel Pública de Monte Esperanza en Colón, a órdenes del Juez Tercero de Circuito de Colón, por la presunta comisión de delito contra la Salud Pública.

Recibida la acción, el Tribunal de primer grado libró inmediatamente el mandamiento de Habeas Corpus contra el Juez Tercero de Circuito de C., quien remitió, en tiempo oportuno su informe, que a continuación se reproduce:

"1. No ordenamos la detención de ALEXANDER DE LEON;

  1. La misma fue decretada por el señor F.D. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas de Colón y S.B., mediante providencia fechada 27 de abril de 1998, por encontrarse presuntamente vinculado a Delito Contra la Salud Pública relacionado con Drogas;

  2. En la actualidad, A.D.L., se encuentra a disposición de este Tribunal, por haber pasado el negocio antes descrito a nuestro conocimiento el 10 de junio actual;

  3. Mediante providencia del 17 de junio de 1998, se fijó para el 22 de septiembre a las 2:00 p. m., fecha de Audiencia Preliminar en dicha causa penal, la cual se encuentra pendiente de notificar a las partes;

  4. A partir de la fecha, mediante Oficio Nº 1163 dirigido al señor Director del Centro Penitenciario Nueva Esperanza ha quedado filiado a su disposición el procesado ALEXANDER DE LEON".

El letrado fundamentó su acción en con los siguientes hechos:

Que ALEXANDER DE LEÓN está detenido, luego de ser aprehendido en la cantina "M.", ubicada en la entrada de Quebrada Bonita, Corregimiento de Buena Vista, por efectivos de la Policía Nacional;

Que los agentes captores, S.. J.I.M. y A.R.W., declararon que al presentarse en la cantina M. en una acción de rutina, el primero le dijo al segundo que vio a un sujeto que ingresó a la cantina de manera sospechosa, y que al ser investigado se observó cerca a él, una cajetilla de fósforo que contenía 17 carrizos de una sustancia que se presumía sería cocaína; al ser revisado DE LEÓN, se le encontró la cantidad de B/.16.00, siendo que el Sgto. IBARRA dijo no constarle que éste vendiera cocaína.

El Agente WILLIAMS señaló que había un grupo de personas fuera de la cantina y que vio cuando una de ellas lanzó algo al suelo y entró rápidamente, y al ser interrogado resultó ser ALEXANDER DE LEÓN, y que próximo a él había una cajetilla de fósforos que tenía 17 carrizos de cocaína.

Que el...

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