Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Octubre de 1998

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado E.H.C. , ha presentado acción de habeas corpus a favor del señor HERACLIO RUIZ RIVERA (

  1. CIRIN , por su supuesta vinculación con delitos contra la Salud Pública, y contra el F.D. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas de H. y Los Santos.

    Librado el mandamiento exigido por la ley, el funcionario acusado mediante oficio No. 824 de 4 de septiembre de 1998, sostiene lo siguiente:

    "A. Este Despacho ordenó la detención preventiva del señor H.R., mediante la Resolución calendada 21 de marzo de 1998, en el proceso penal que en su contra se instruye en esta Agencia del Ministerio Público;

  2. Los motivos o fundamentos de hecho y de derecho que dieron origen a la Resolución ordenando la detención preventiva del precitado R.R., fueron sustentados en base a las investigaciones que venía realizando el Sub-DIIP, desde aproximadamente el día 21 de este año quienes manejaban información confidencial referente al trasiego de drogas en los Distritos de Tonosí y Pedasí, Provincia de Los Santos y en la cual se encuentra vinculado a dicha actividad el señor L.O.G.(

    1. BODEGUERO (Ver fojas 12-55-99-206-207-209-212); cabe resaltar que en esta actividad ilícita se hablaba de varios kilos de drogas.

    Siguiendo el curso de esas investigaciones, el C.R.L., redacta un informe de investigación (ver fojas 9-11); en el cual señala que mediante informaciones obtenidas sobre el trasiego de drogas en los distritos arriba mencionados le comunicaron que el ex-Teniente HERACLIO RUIZ (

  3. PRINCIPE Y CIRIN, se habían trasladado hasta Cobachón con dos sujetos más y que había manifestado que pagaría hasta diez mil (10,000) dólares para ir a desenterrar del patio de la casa del señor GONZALEZ unos kilos de droga, toda vez que a éste los habían allanado días anteriores y, que aunado a ello, el ex-Teniente R. también conocía que el señor G. tenía enterrado en Cobachón más de cuarenta (40) kilos de droga.

    Por otra parte, el personal de la Dirección de Información e Investigación Policial de Ancón, manejó información similar a la recibida por el Capitán López, y es por ello, que mediante las respectivas diligencias, practicadas por los funcionarios competentes, aprehendieron al señor L.G., quien tenía en su poder un frasco de vidrio, contentivo en su interior de una sustancia color crema, que se presumía era Cocaína, como también treinta y dos (32) carrizos con una sustancia similar a la ya referida, misma que fue sometida a los análisis en el Laboratorio Técnico Especializado en Drogas, certificando que tenía un peso total de 343.18 gramos y que resultó positiva para la determinación de Cocaína ( fojas 140).

    Posteriormente, se le recibió declaración...

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