Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Febrero de 2002

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2002
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado F.E.R.C., actuando en representación de los señores F.M.B. y R.M., ha promovido acción de habeas corpus contra la Personera Municipal del Distrito de Alanje. Originalmente dicha acción constitucional fue acogida por el Juzgado Tercero del Circuito de Chiriquí, Ramo Penal, y dicho despacho se INHIBIÓ del conocimiento del mismo, en virtud de que los sindicados se encuentran a órdenes de la Fiscalía Primera Superior del Tercer Distrito Judicial, ordenando la remisión de los autos al Pleno de la Corte Suprema de Justicia. (f.9)

La Corte Suprema de Justicia, PLENO, mediante providencia de 14 de enero de 2002, acogió la presente acción de habeas corpus y libró mandamiento contra la FISCALÍA PRIMERA SUPERIOR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL, recibiéndose contestación mediante nota de 15 de enero de 2002, de la siguiente manera:

  1. "No es cierto que este Despacho ordenó la detención preventiva de los señores F.M.B.Y.R.M.. Dicha medida cautelar fue ordenada mediante Resolución escrita de primero (1) de Enero de 2002, emitida por la Personería Municipal del Distrito de Alanje.

  2. Los motivos y fundamentos de hecho y de derecho que se tuvieron para tomar esta decisión. constan en la instrucción sumarial que se les sigue por el delito de Homicidio cometido en perjuicio del señor J.P.P. y los mismos se encuentran plasmados en la referida Resolución fechada primero de enero de 2002

  3. En la actualidad los señores F.B.M. y R.B.M. se encuentran recluídos en la Cárcel Pública de D. en la Provincia de Chiriquí a órdenes de esta Fiscalía Primera Superior; no obstante, en este momento se procede a oficiar a la Cárcel Pública de D., a fin de que los detenidos B.M. sean filiados a órdenes de esa Corporación Judicial". (fs,13-14)

Con el informe parcialmente transcrito, se adjuntó el expediente contentivo de las sumarias de 139 fojas útiles.

ANTECEDENTES

Esta Superioridad procede al análisis de las constancias procesales contenidas en el cuadernillo de instrucción remitido por la Fiscalía Primera Superior del Tercero Circuito Judicial, a fin de determinar si la medida cautelar personal aplicada a los señores R.B.M. y F.M.B. cumple con los requisitos constitucionales y legales establecidos para la detención preventiva.

La Personería Municipal del Distrito de Alanje, por medio de providencia de primero (1º) de enero de 2002, dispuso trasladarse a la comunidad de Santo Tomás del Distrito de Alanje, con motivo de una denuncia telefónica en donde se informó a dicho despacho que se encontraba el cuerpo sin vida del señor J.P. "quien falleció a consecuencia de la lesión lesión (sic) que recibió en una riña con unos señores de apodo Negro y Pipo Beitia". (f.1)

Consta de fojas 6 a 8 la "Diligencia de Inspección Ocular, Reconocimiento y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR