Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 10 de Agosto de 2001

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2001
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado BENJAMIN ARIAS GORDON ha interpuesto acción de Habeas Corpus a favor de Y.S. contra el FISCAL PRIMERO ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

Sostiene el proponente de esta acción que su defendida Y.S. fue aprehendida en un allanamiento realizado al inmueble que ésta habita, donde se encontraron 22 sustancias sólidas y un envoltorio blanco, que resultó ser 9.2 gramos de crack. Alega que en el allanamiento no se encontraron elementos indiciarios (como pesas, máquinas selladoras, papel especial, carrizos u otros insumos necesarios para la fabricación y distribución de drogas), ni consta información o señalamiento que vincule a Y.S. con la venta de sustancias ilícitas. Más bien, ésta en su declaración indagatoria acepta la posesión de la droga con el único fin de satisfacer sus necesidades de adicción. Por tanto, solicita que se le aplique una medida cautelar menos severa, al no existir elementos convincentes de que la droga en poder de su patrocinada estuviese destinada para la venta.

Librado el mandamiento de habeas corpus, el Fiscal Primero Especial en Delitos Relacionados con Drogas respondió lo siguiente:

Que sí ordenó la detención preventiva de Y.A.S.C., mediante resolución de 20 de abril de 2001, cuya copia se encuentra a fojas 40-41 del presente sumario.

Los fundamentos de hecho que motivaron su actuación, los expone en los siguientes términos:

"...

Y.A.S.C. fue detenida el pasado veinte (20) de abril, mediante diligencia de allanamiento,realizada por el Juez Nocturno de Policía, en asocio con unidades del Departamento Anti-Drogas de la Dirección de Información e Investigación Policial, de la Policía Nacional, en el Edificio Lluvia de Oro, primer piso, apartamento 19, propiedad de la precitada S.C., quien se encontraba acompañada de su concubino E.A.C.S. y un hijo suyo, menor de edad.

Dicha diligencia judicial, se dio luego de que dichas unidades recibieron información de que en ese inmueble se encontraba un sujeto que era requerido por las autoridades.

Se efectúa un registro en el inmueble allanado, en donde se encontró en el baño encima de la lavadora, una bolsita plástica transparente la cual contenía veintidós (22) envoltorios de papel aluminio que contenía un polvo blanco. Encima de la mesa del comedor se encontró un (1) envoltorio de papel blanco, que contenían cierta cantidad de polvo blanco que se presume sea droga. Igualmente se le encontró la suma de trescientos diez dólares (B/.310.00).

...

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