Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Mayo de 1998

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución11 de Mayo de 1998
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Mediante Oficio Nº 1392-S de 16 de abril de 1998, el Secretario Encargado del Segundo Tribunal Superior de Justicia, remitió a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, en grado de apelación, la acción de habeas corpus a favor de M.J.T.S., sindicada por el delito contra la Salud Pública, adjuntando con el expediente principal un cuadernillo contentivo de las sumarias que se le siguen de 91 fojas útiles.

Surtidos los trámites de reparto, ha ingresado el negocio para resolver, pese a no haberse sustentado la apelación anunciada a foja 18 del expediente principal, por lo que se resolverá el mismo de acuerdo a las constancias contenidas en el expediente principal.

Mediante resolución de fecha 24 de marzo de 1998, el Segundo Tribunal Superior de Justicia, declaró legal la detención preventiva de la señora M.J.T.S., ordenada por la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas.

Al examinar el expediente advierte esta Superioridad que la presente encuesta penal se inicia con la información obtenida en la Zona de Policía de San Miguelito, Sub Dirección de Información e Investigación Policial, de que en el Sector de Pan de Azúcar, en la residencia distinguida con el Nº 192, la cual tiene varios cuartos de alquileres, se vende y distribuye sustancia ilícita.

En el informe de vigilancia visible a foja 4-5 del expediente, se lee que a la referida residencia llegan varios sujetos con aspecto de consumidores de drogas, siendo atendidos por M. y un joven de apodo "CALITO", quien posee un arma calibre 38.

La diligencia de allanamiento del inmueble antes descrito, fue ordenada por la señora Corregidora del Corregimiento V.L.. En el Informe de Novedad de 2 de octubre de 1997 se hace constar que con la participación de la señora Corregidora y de los agentes M.A., F.G., J.P., T.L., SERAFÍN SALINA y L.V., se procedió al allanamiento de la vivienda antes descrita, en donde se encontraban los señores M.J.S.R., J.M.T.S. y JUAN GIL RODRÍGUEZ. Al proceder a la revisión del cuarto de J.T., encontraron en la gaveta de la cama una arma de fuego marca S. &W., con un cargador de 5 municiones sin detonar. En la misma gaveta se encontró una caja de municiones calibre 9mm, marca Winchester, conteniendo 36 proyectiles, haciéndose responsable de las mismas el señor J.G.R.. Al procederse al registro de la última recámara, la misma se encontraba con candado, por lo que la señora M.J.S. dió autorización para que se abriera, indicando que se...

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