Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Mayo de 1995

PonenteHUMBERTO COLLADO
Fecha de Resolución12 de Mayo de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ingresó al Pleno de la Corte Suprema de Justicia, la acción de habeas corpus interpuesta por el licenciado G.C.G., contra el DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, en beneficio de KAREAM BLACK JUDUSINGH, sindicado por delito de violación carnal.

Actualmente el citado K.B.J. se encuentra custodiado por miembros de la Policía Nacional en la Sala 1 del Hospital Santo Tomás; sin embargo, señala la defensa que el prenombrado "... está supuesto a que le den de alta y permanecerá detenido en una de las celdas de la cárcel (sic) Modelo ..." (f. 1).

Acogido el presente recurso de habeas corpus, se libró el mandamiento correspondiente contra el DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, Licenciado O.M.F.E., quien mediante Oficio Nº DAL-0489 de 19 de abril de 1995, rinde su informe de conducta de la siguiente manera:

"A. No es cierto que haya ordenado la detención del recurrente, ni en formal (sic) verbal ni por escrito.

B. Queda explicado en el literal anterior. Los motivos o fundamentos de hecho y de derecho que tuvo para ello.

C. El ciudadano K.B.J. fue aprehendido el día 21 de marzo del presente año luego de agredir con arma de fuego a Unidades del Área "A" S.F.. El mismo fue puesto a órdenes del Licenciado P.M.N.N., Director de la Cárcel Modelo ya que éste se encontraba evadido desde el día 3 de mayo de 1994 estando a órdenes del Juzgado Segundo de Circuito, Ramo Penal, por denuncia en su contra por el delito de Violación Carnal" (f. 4).

En este sentido, de conformidad con lo manifestado por el Director de la Policía Nacional, se desprende que el mismo no ha ordenado la detención de KAREAM BLACK JUDUSINGH. Al respecto, se advierte que el citado B.J. había sido puesto a órdenes del Director de la Cárcel Modelo por el Juzgado Segundo de Circuito...

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