Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Mayo de 1995

PonenteJORGE FÁBREGA PONCE
Fecha de Resolución12 de Mayo de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense LEZCANO & ASOCIADOS, ha presentado acción de habeas corpus a favor de A.R.A. en contra del Director Nacional de Corrección del Ministerio de Gobierno y Justicia.

Acogida la demanda se libró mandamiento en contra del funcionario acusado, con el propósito de que rindiera informe escrito, pusiera a órdenes de la Corte Suprema de Justicia al señor A.R.A., tal como lo estatuye el artículo 2582 del Código Judicial.

El funcionario acató lo ordenado por esta Corporación de Justicia y envió el informe cuyo tenor es el siguiente:

"Doctor

Jorge Fábrega Ponce

Honorable Magistrado de la

Corte Suprema de Justicia.

E. S. D.

Honorable Magistrado:

Con el debido respeto, llevo a consideración del pleno de la Corte por su digno conducto, el informe de Habeas Corpus promovido a favor del señor A.R.A..

A. En ningún momento el suscrito ha ordenado la detención del señor A.R.A..

B. No podemos hacer referencia a motivos o fundamentos de hecho o derecho de la detención, porque esta Dirección no está facultada para ordenar detención.

C. El recurrente, señor A.R.A., con cédula de identidad personal Nº 8-276-761, esta (sic) a órdenes de la Dirección Nacional de Corrección, bajo la custodia del Director del Centro Penitenciario La Joya, en virtud de sentencia de fecha 21 de julio de 1993, proferida por el Juzgado Primero de Circuito de lo Penal del Segundo Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, con sede en San Miguelito, quien lo condenó a cumplir seis (6) años de prisión por la comisión del delito de violación carnal. Sentencia que fue confirmada mediante fallo, de fecha 7 de marzo de 1994, dictado por el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial.

El recurrente, quien ingresó a la Cárcel Modelo el 28 de marzo de 1991, a órdenes de la Fiscalía Auxiliar de la República, fue puesto a órdenes de Corrección, mediante Oficio Nº 608, de fecha 23 de mayo de 1994, de la Licenciada M. delC.P. de Serrano, Juez Primera del Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, con sede en San Miguelito. Sin embargo a la fecha, 28 de abril de 1995, aún no ha sido remitido la sentencia, ni el cuadro estadístico. Fue necesario en el día de hoy efectuar una gestión telefónica para requerir copia de la sentencia, facilitándonos solamente, copia autenticada de la sentencia del Segundo Tribunal del Primer Distrito Judicial.

El recurrente, señor R.A., cumplirá su pena total el 6 de octubre de 1997 y alcanzará los dos tercios de su condena el 6 de octubre...

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