Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Julio de 1996

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución12 de Julio de 1996
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

En grado de apelación llegó a conocimiento del Pleno de la Corte Suprema de Justicia acción de habeas corpus propuesta por el licenciado J.C.G. a favor de JEFFRIE FONGUER, D.S. y R.A., quienes se encuentran recluidos en la Cárcel Modelo a órdenes de la Juez Undécima de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Penal.

La alzada se dirige contra sentencia de 18 de junio del año en curso, mediante la cual el Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró legal la detención preventiva impuesta a las personas antes mencionadas.

Por anunciado el recurso de apelación en tiempo oportuno, procede la Corte a decidir lo que en derecho corresponde.

BREVE HISTORIA DEL CASO

La investigación se inicia a raíz de denuncia interpuesta por D.I.M.C. ante la División de Delitos contra la Propiedad de la Policía Técnica Judicial, el 23 de abril del año que decurre. Manifiesta la denunciante que en la noche del día 22 de abril de 1996, cuando se encontraba esperando un taxi frente a la Policlínica de la Caja del Seguro Social, en Avenida La Paz, V.C., Corregimiento de B., se le aproximó un vehículo tipo camioneta, color blanco, del cual un joven sacó su mano por la ventana y le "arrebató" la cartera, contentiva, entre otras cosas, de noventa a cien balboas.

Posterior al hecho, unidades de la Policía Nacional, en ronda por el área, se apersonaron al lugar para las investigaciones de rigor, comunicando por radio lo ocurrido a la estación de policía del Corregimiento de B.. Producto de un operativo de agentes de la Fuerza Pública, fue detenido a la altura del local de la empresa Cable Onda 90, en la avenida R.J.A., un vehículo con descripción similar a la suministrada por la denunciante M., con placa que termina en los números 1515, como se indicara en la denuncia, vehículo que era ocupado por Fonguer, S. y A..

El Fiscal Auxiliar de la República, tras recibir la declaración indagatoria de los imputados, ordenó su detención preventiva, mediante resolución calendada 24 de abril de 1996, acto que se ataca por medio de la presente iniciativa constitucional.

DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, en sentencia de 18 de junio de 1996 que cuenta con un salvamento de voto, declaró legal la orden de detención preventiva que se acusa. A juicio del a-quo, el señalamiento directo que hace la víctima sobre el vehículo donde viajaban los imputados, "sostiene, fundadamente, sus detenciones" (f. 14). Añade el tribunal que se trata...

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