Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Mayo de 1994

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución13 de Mayo de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El señor M.R.M. ha interpuesto recurso de Habeas Corpus a su favor y contra el señor P. General de la Nación porque, según afirma, fue detenido arbitrariamente el día 24 de marzo de 1994 en la calle Sexta de P.L., y llevado a la Cárcel Modelo, con otros tres ciudadanos, por miembros de la Fuerza Pública (DIIP) "los cuales dicen haber encontrado tirado en el piso una carterita contentiva de (la) carrizos plásticos transparentes que contenía un polvo blanco el cual se presume sea droga (cocaína)" (fs. 2).

Mediante auto de 25 de abril de 1994 se libró el mandamiento de habeas corpus correspondiente y se le requirió al funcionario demandado que informara si había ordenado la detención del señor M.R.M., los motivos y fundamentos de hecho y de derecho que tuvo para ello y si el mismo está detenido a sus órdenes o a órdenes de otra autoridad.

El funcionario demandado contestó el mandamiento de habeas corpus librado mediante nota DPG-SD-2751-94, de 3 de mayo de 1994, en la cual informó que, tal como consta en resolución emitida el 4 de abril del presente año (fs. 22), se ordenó que fueran puestos en libertad los señores M.R.M. y J.E.P., y que mediante el oficio Nº DPG-SD-2704-94 de 1994 se ordenó poner en libertad a los señores MAYNORD y PINILLA. Estas decisiones se tomaron ante la inexistencia de suficientes elementos probatorios que los vincularan con las sumarias seguidas al señor A.M.D., por delito contra la Salud...

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