Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Abril de 1999

PonenteELIGIO A. SALAS
Fecha de Resolución14 de Abril de 1999
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado E.H.L.R. ha interpuesto acción de Habeas Corpus a favor de R.R.V. contra EL FISCAL PRIMERO ESPECIALIZADO EN DELITOS RELACIONADOS CON DROGAS.

Librado el mandamiento de habeas corpus, el funcionario demandado respondió lo que a continuación se transcribe:

"...

PRIMERO

Si es cierto que este despacho de instrucción ordenó la DETENCION PREVENTIVA de R.R.V., mediante providencia fechada veinticinco (25) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999), lo cual corre de fojas 20-21 del expediente principal.

SEGUNDO

Los fundamentos de hecho y de derecho que nos llevaron a tomar la decisión de ordenar la DETENCIÓN PREVENTIVA de R.R.V., radica en lo siguiente:

La madrugada del día 23 de enero del año que corre, unidades del orden público del Area C San Francisco, de la Policía Nacional, llevaba a cabo recorrido policial en el área de Boca La Caja, cuando pudieron observar que dos sujetos salían de un camino, uno de ellos sacó algo de sus bolsillos y lo arrojó, resultando ser una cajita pequeña que contenía veinticuatro (24) carrizos transparentes que en su interior contenían una sustancia de color blanco que se presume sea droga ilícita. La persona que lanzó la cajetilla resultó ser el señor R.R.V., quien se hacía acompañar del señor R.O..

El material incautado, fue sometido a prueba de campo, en donde se logró determinar la existencia de cocaína. (Ver folios 11).

Por lo anterior se ordenó la recepción de indagatoria del señor R.R.V., el mismo señala que la droga encontrada le pertenece, que se dedica al consumo de marihuana y cocaína desde hace tres años. (Ver folios 14-16)

En este caso, observamos que el sindicado poseía veinticuatro (24) carrizos con material nocivo y ello sobrepasaba las cantidades consideradas para consumo personal o posología individual.

Los fundamentos de derecho para ordenar la DETENCIÓN PREVENTIVA del señor R.R.V. se basa en el contenido de los artículos 2148 y 2159 del Código Judicial.

...

(Fs. 10 a 12)

Lo señalado por el F. en el informe transcrito, ha sido verificado en los antecedentes remitidos a esta Corporación, donde figuran los informes de novedad de los agentes de policía, la diligencia de prueba de campo (fs. 11), la declaración indagatoria de R.R. (fs. 14-16), la resolución que ordena su detención preventiva (fs. 20-21).

Como se...

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