Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 14 de Agosto de 1995

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución14 de Agosto de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma forense Guerra y Guerra Abogados, han interpuesto ante esta Corporación, demanda de habeas corpus a favor de la señora L.I.A.M. y contra el F. Especializado en Delitos Relacionados con Drogas.

Librado el mandamiento de habeas corpus contra el Fiscal Especial en Delitos Relacionados con Drogas contestó mediante Oficio Nº 6096 de 24 de julio de 1995 lo siguiente:

"1º Sí es cierto que ordenamos la detención preventiva de la señora L.I.A.M.. Dicha decisión fue emitida mediante resolución de fecha siete (7) de julio de 1995, y en la cual se ordena su captura, ya que la misma no se encuentra detenida de conformidad con lo establecido en el artículo 2148 y 2159 del Código Judicial.

  1. Los fundamentos de hecho y de Derecho que motivaron la actuación atacada, lo exponemos a continuación.

FUNDAMENTO DE HECHO

Los hechos se dieron mediante una Operación Encubierta realizada por la Sección de Estupefacientes de la Policía Técnica Judicial, y Supervisada por este Despacho de Instrucción en la cual se logra detectar a un grupo de sujetos integrados por miembros activos de la Policía técnica Judicial y otros y retirados, los cuales tenían como propósito realizar un "TUMBE" a una residencia ubicada en la Urbanización Chanis y en la cual se tenía información que era utilizada para guardar o depositar gran cantidad de sustancias ilícitas.

Para dicha Operación Encubierta, era necesario la participación de una autoridad administrativa quien actuaría como "AGENTE ENCUBIERTO" a efecto de que garantizara que los individuos efectuaran su actividad ilícita y, además, lograr la captura de los mismos y de la droga.

En la ejecución de la Operación encubierta se programó, una diligencia ficticia de allanamiento, en donde actuaría las personas antes indicadas con el apoyo del Corregidor de Parque Lefevre (Agente Encubierto) una vez realizadas las reuniones previas se pudo establecer el objetivo que sería allanado correspondiendo a la residencia Nº 150-B ubicada en la Vía principal de la Urbanización Chanis.

Montado el operativo se procede a vigilar dicha residencia, por lo que se visualizó los sujetos sospechosos que viajaban en un vehículo Toyota Corolla de color blanco, e ingresaron a la residencia y transcurridos algunos minutos, este despacho ordena el allanamiento del citado lugar.

Al revisar el lugar, se logra incautar en el inmueble como en el vehículo estacionado en dicha residencia, la cantidad de ciento diez (110) paquetes dobles de aproximadamente dos (2) kilos cada uno, el cual al ser revisado, contenía cada uno, una...

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